jovenabogada23 escribió:no no me lo tome a mal esta td bien, disculpame a mi por preguntas bobas.. pero si en la facu .. poco y nada de practica.. algun libro para recomendar de practica?? saludos..
Hola jovenabogada23:
No tienes que hacer demasiado, esas cédulas no se van a librar, de hecho lo correcto sería que las observen. De todos modos, te sugeriría que hagas dos cosas: primero te des una vuelta por el Juzgado e intentes hablar con alguien de adentro del tribunal, y le comentes que hiciste unas cédulas notificando un proveído de partes que tienen constituido su domicilio en los Estrados del Juzgado; seguramente te van a decir que esto no es así, que se notificaron por nota; 2do: fijate la fecha del proveído, establece la fecha en que quedaron notificados por ministerio de la ley (o sea Martes o viernes próximo a la fecha del auto), y cuentes 5 días para que quede firme, y ahí presentes lo que tengas que presentar. Suerte y saludos.
P/D: nadie nace sabiendo, y te advierto: en la profesión te vas a cruzar con miles que se la creen saber todas, y no recuerdan la primera vez que tuvieron que hacer una cédula... seguro hubo otro que se burló de ellos.