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  • Haber mal calculado-Exigen devolución

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #890801  por mmmm
 
esto quizas sirva para entender lo que se esta haciendo:

salio circular 56/12 PLAN DE REGULARIZACION DE BENEFICIOS PREVISIONALES EN CURSO DE PAGO el dia 5 de septiembre

voy a tratar de ver como la subo

en resumen: aparentemente detectaron haberes mal liquidados (fraude??) creo que lo mas conveniente antes que nada, es tomar vista del expediente original y ver que hay, hacer liquidacion de blue corp, recien alli proceder, a menos que la jubi la hayas echo vos y estes segura que no hubo nada raro
 #890920  por Alejandra Radua
 
Muchas gracias a todos.
Les cuento que hoy fui a tomar vista del expte. y en los años 1978 y 1981 el computista omitió poner la coma. Es decir, como ejemplo en vez de tipear 6015,51 tipeó 601551.

Con respecto a la liquidación, es así. No es de él, es de la otra pensionada.

De todas maneras, envié a calcular la jubilación.

Tuvimos que presentar una nota donde pedimos que se remita nuevamente el expte. a la Udai de Mercedes y se proceda a liquidar nuevamente, a efectos de poder realizar posteriormente el reclamo correspondiente.

Pero por lo visto, dada que la nueva liquidación dice haber alta 10/2012, supongo que el mes que viene ya se lo bajan.

De todas maneras, voy a enviar CD a Córdoba 720 y a la Udai de Mercedes para que se abstengan de descontar suma alguna en concepto de diferencias en la liquidación. Les parece?
 #891720  por fabidoc
 
Agrego a la opinión generalizada que se debería aplicar la prescripción bienal (art. 82). Por su parte el
El artículo 3951 del Código Civil, determina que

“El Estado General o Provincial, y todas las personas jurídicas están sometidas a las mismas prescripciones que los particulares, en cuanto a sus bienes o derechos susceptibles de ser propiedad privada; y pueden igualmente oponer la prescripción. Por lo tanto, la figura de la prescripción liberatoria puede ser opuesta por los sujetos de la relación en este caso: beneficiario y el Estado en forma recíproca.

A su vez, por lo que he leído del tema, ANSES actúa de manera unilateral, contrariando en todos los aspectos el debido proceso, dado que en la generalidad de los casos ya cuenta con una liquidación y decide, unilateralmente, el descuento compulsivo, notificando cuando ya está todo hecho. Incurre en falta de constitución en mora del supuesto deudor (jubilado/pensionado). En la generalidad de los casos ni notifica, y ya está efectuado el descuento.

Y por alguna jurisprudencia que he leído el ANSES basa su criterio arbitrario (aplicación decenal de la prescripción) en el art 16 de la ley 14326
Art. 16.- Las acciones por cobro de contribuciones, aportes, multas y demás obligaciones emergentes de las leyes de previsión social prescribirán a los diez años.
Ahora me pregunto, que tiene que ver el cobro de contribuciones con un error en la determinación del haber por parte de un órgano administrativo que omitió el deber de diligencia y contralor que la materia requiere.

Opino también que la medida cautelar es lo correcto.
 #894508  por Alejandra Radua
 
Muchas gracias a los que me respondieron.
Les cuento que envié a calcular en base a las remuneraciones que el sr. tenía y el nuevo cálculo de Anses está correcto.
Es decir, el sr. que perccibía casi $ 10.500.- hasta septiembre, a partir de octubre va a cobrar casi $ 3.500.-
Ni siquiera solicitando un reajuste, la remuneración alcanzaría los $ 10.500.-
Creo que ya no se puede hacer nada.
Falta que el expte. vuelva de Mercedes con la nueva liquidación de retroactivo, ya que la que le notificaron no pertenecía a él.
 #894561  por fabidoc
 
hummm, que macana. Finalmente, termina perjudicado el titular por semejante error. Pelearía por la prescripción....
 #894588  por dool
 
GENTE!
LES CUENTO QUE EL VIERNES ME PASÓ LO MISMO, O PARECIDO.-
le llegó una carta documento de ansés a un cliente que ya había cobrado el retro, diciendo que tiene que DEVOLVER 30 mil pesos.-
estoy leyendo el fallo ROSELLO.-
Tengo pensado oponerme a la devolución del $$ (por haberes percibidos de buena fe), ver si puedo oponer la prescripción bianual y eventualemente, amparo o cautelar.-
A ver qué hacemos!!!
 #894592  por fabidoc
 
Y siiiii, hay que hacerlo.
Están ensañados. Ahora, tengo varias presentaciones de error material por error en el cálculo del haber, pero nunca los llaman para decir que se equivocaron???? Si pasa, pasa.
COmo generalmente les inicio el reclamo por reajuste, siempre hago un cálculo al momento de la jubilación y ahí saltan los errores.....
 #894608  por mmmm
 
Me parece bien que peleen el tema de el reintegro, seria bueno que publiquen cuales son las udai de origen (en donde liquidaron mal) hace un tiempo que vengo observando algunas irregularidades, ejemplo: hace un año aprox. le hice jubilacion a un colectivero, de una empresa que habian echado a unos cuantos, el jubilado en cuestion que obtuvo un haber de 4500 me vino a decir que sus compañeros tenian un haber de 10000, con el mismo sueldo en actividad que él, cdo yo le decia q era practicamente imposible, me hablo de "contactos" a traves de sindicato, y q por el favorcito le cobraban 4 haberes, le pedi q por favor me averiguara de que "contacto" se trataba, y nunca mas aparecio. muy sospechoso, lo que quiero decir es que no creo que se hayan "equivocado" al calcular haber inicial. Estan haciendo limpieza en anses.