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 #871029  por evelin1010
 
Estimados colegas les consulta acerca de un caso que me presnta dudas.
Un cliente me viene a consultar porque en el año 99 fue contenado a una pena de efectivo cumplimiento por 4 años, cuyo vencimiento operaba en noviembre de 2002. En el testimonio de sentencia dice Fecha de sentencia firme 12/11/1999 y fecha de CADUCiDAD 12/11/2009. Por custiones laborales fue a sacar el Certificado de antecedentes y le sale esta causa. Mi pregunta es, no deberia el registro no informar estos antecedentes teniendo en cuenta la fecha de caducidad? en caso de ser asi como debo prceder?
Lei el art 51 cp y me confunde si debo tener en cuanta la fecha de caducidad que dice en la sentencia o contar 10 años desde la fecha de vencimineto de la sentencia-
Articulo 51 (ley 23.057) Comentado
.......2°) Después de transcurridos 10 años desde su extinción para las demás condenas a penas privativas de la libertad
Los tribunales deberán comunicar a los organismos de registro la fecha de caducidad:
1°) Cuando se extingan las penas perpetuas;
2°) Cuando se lleve a cabo el cómputo de las penas temporales, sean condicionales ó de cumplimiento efectivo.

Saludos!!!!
 #871033  por feragus
 
Hacele una nota en el Registro de Reincidencia, solicitando que de acuerdo al art. 51 el antecedente no debe figurar, por lo que intimás a que en forma inmediata se borre el antecedente informado, sin perjuicio de las acciones legales que pudieren corresponder por los daños y perjuicios ocasionados.
 #871036  por evelin1010
 
Hola muchas gracias por la respuesta! Entonces lo que debo tener en cuenta es la fecha de caducidad que figura en el testimonio de Sentencia?
 #871038  por feragus
 
evelin1010 escribió:Hola muchas gracias por la respuesta! Entonces lo que debo tener en cuenta es la fecha de caducidad que figura en el testimonio de Sentencia?

Exactamente, luego de esa fecha el antecedente tiene que desaparecer.
 #874814  por Beto
 
evelin1010 escribió:Muchas gracias por la ayuda! Saludos

Hola si fuese en Provincia de Buenos Aires, cual seria el art, se aplia el mismo. y cuanto cobraría por ese tramite, gracias
 #874878  por feragus
 
Beto escribió:
evelin1010 escribió:Muchas gracias por la ayuda! Saludos

Hola si fuese en Provincia de Buenos Aires, cual seria el art, se aplia el mismo. y cuanto cobraría por ese tramite, gracias

El artículo es el mismo porque es del Código Penal, no del Procesal.
 #874933  por estudiojuridicointegral
 
Hola estimados colegas, perdón que me meta y tal vez esté equivocado.

Por lo que entendí del post en noviembre de 1999 fué condenado a 4 años de prisión de cumplimiento efectivo, es decir que la condena se cumplió en su totalidad en noviembre de 2003, por ende, y de conformidad con el famoso art 51 del C.P., recién A PARTIR de noviembre del año 2013 el Registro no debería informar sobre esta causa.

Aprovecho este post para efectuar una pregunta relacionada.

¿Es verdad que Registro en estos casos, una vez vencido el plazo de 10 años, hace constar en el certificado la siguiente leyenda: "NO INFORMA CONFORME ARTICULO 51 C.P." o una leyenda similar en lugar de decir: "NO REGISTRA ANTECEDENTES PENALES" como le figura a cualquier ciudadano que nunca cometió un ilícito?

Saludos
Mariela
 #875109  por feragus
 
estudiojuridicointegral escribió:Hola estimados colegas, perdón que me meta y tal vez esté equivocado.

Por lo que entendí del post en noviembre de 1999 fué condenado a 4 años de prisión de cumplimiento efectivo, es decir que la condena se cumplió en su totalidad en noviembre de 2003, por ende, y de conformidad con el famoso art 51 del C.P., recién A PARTIR de noviembre del año 2013 el Registro no debería informar sobre esta causa.

Aprovecho este post para efectuar una pregunta relacionada.

¿Es verdad que Registro en estos casos, una vez vencido el plazo de 10 años, hace constar en el certificado la siguiente leyenda: "NO INFORMA CONFORME ARTICULO 51 C.P." o una leyenda similar en lugar de decir: "NO REGISTRA ANTECEDENTES PENALES" como le figura a cualquier ciudadano que nunca cometió un ilícito?

Saludos
Mariela

Que haya sido condenado en noviembre del 99 a 4 años no necesariamente implica que en noviembre de 2003 se haya cumplido la sentencia, porque con seguridad que el imputado venía detenido desde antes.

Puede ser que pongan lo del art. 51, aunque debieran poner simplemente que no registra antecedentes.
 #877792  por AAV
 
Hola Colegas, les hago una consulta, estuve leyendo sus post, tengo un caso parecido.... mi cliente en 2006 le dieron una condena condicional. cumplió ya la probation en 2010... su problema es que esta intentando conseguir trabajo, y cuando sus futuros empleadores solicitan informe de reincidencia (capital federal) salta dicha causa penal y lo rechazan.-
Estuve leyendo el art. 51 CP - hay que esperar que pasen los 10 años desde la fecha de sentencia - o sea 2006 ????
Gracias!
Saludos
 #878556  por AAV
 
Me voy a interiorizar mejor la semana que viene,pero por lo dicho por el cliente, tiene una condicional y cumplió una probation, me resulta raro, pero voy a tener que ir a ver el expediente en el Juzgado de Ejecución penal para aclarar las cosas..
Gracias!
 #891656  por AAV
 
Estimados, siguiendo el hilo de este post... me gustaría saber su opinión.. tengo una persona con una sentencia del año 2007 a 3 años de prisión en suspenso... (...) ya cumplió en ir a firmar, todo esta archivado en el Juzgado de ejecución penal, el tema es que a este chico no lo toman de ningún trabajo porque le salta esta información en el Registro de Reincidencia de Capital Federal.
Si me baso en el art. 27 CP podré solicitar al Juez que deje la condena como no pronunciada y solicitar actualizar los datos en el Registro de Reincidencia respecto de la persona en cuestión ???? .- art. 65 CP prescripción de la pena?? porque si me atengo a lo que establece el art. 51 CP , habría que esperar 10 años desde la sentencia - por tratarse de condena condicional.... cierto??.-
Algún colega que quiera aportar experiencia y conocimientos?? Se los agradezco mucho!!