Hola, necesito me ayuden con un tema, me viene a ver una clienta que compro por mercado libre muebles de cocina y juego de dormitorio, total $ 6700, los cuales abono en la caja de ahorro del titular del negocio: fabrica de muebles de campo, en el mes de octubre y diciembre del 2011. La fabrica de muebles esta en El Talar, bs as. A fines de julio se envio carta documento intimandolo por ley defensa del consumidor (art. 10 ley 24240, decreto 1798/94 y resolucion 104/2005) a que entregue los muebles bajo apercibimiento de iniciar reclamo ante organismo de defensa del consumidor y/o accion judicial por reintegro de lo pagado con mas daños y perjuicios.
Mi clienta me dice que hoy con esa plata no compra los mismos muebles (similar calidad) por lo que prefiere que le entreguen los muebles.
La cuestion es que no se como encarar la accion judicial: inicio un daños y perjuicios por incumplimiento contractual directamente??, o una resolucion de contrato??, o se puede encarar como una obligacion de dar cosas?? o que???
El talar pertenece al depto judicial de san isidro???
Gracias al que me pueda ayudar.
Patricia
Mi clienta me dice que hoy con esa plata no compra los mismos muebles (similar calidad) por lo que prefiere que le entreguen los muebles.
La cuestion es que no se como encarar la accion judicial: inicio un daños y perjuicios por incumplimiento contractual directamente??, o una resolucion de contrato??, o se puede encarar como una obligacion de dar cosas?? o que???
El talar pertenece al depto judicial de san isidro???
Gracias al que me pueda ayudar.
Patricia