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  • afiliarse a monotributo y declarar periodos anteriores

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #894057  por mariairene
 
Hola quien se afilia a monotributo, estando en edad jubilatoria puede declarar periodos anteriores a afiliacion y completar años de servicio. Estoy haciendo liquidacion de un monotributista que tiene en el puc cargado un tramo hasta febrero de 2007, si quisiera comprar a posteriori como hace? Debe ir nuevamente a afip a dar de alta el monotributo. De que otra manera sin ser SMD podria pagarse y completar si afip no permitiera?
 #894062  por mariairene
 
El problema lo tienen los que se afilian ahora, no se puede liquidar monotributo retroactivo, de que otra manera sin ser SMD se puede, como autonomo el sistema tampoco deja. Los que tienen la edad jubilatoria estan en el medio de un callejon sin salida.
 #894091  por juanci
 
mariairene escribió:Hola quien se afilia a monotributo, estando en edad jubilatoria puede declarar periodos anteriores a afiliacion y completar años de servicio. Estoy haciendo liquidacion de un monotributista que tiene en el puc cargado un tramo hasta febrero de 2007, si quisiera comprar a posteriori como hace? Debe ir nuevamente a afip a dar de alta el monotributo. De que otra manera sin ser SMD podria pagarse y completar si afip no permitiera?
Hola, fijate si tiene la baja automatica por falta de pago o baja definitiva.
Si fuera baja automatica le podrias hacer pagar los anteriores y posteriores y presentar multinota en afip diciendo que el o ella
continua en actividad.
 #894095  por abim
 
A la fecha no existe inscripción retroactiva impuestos afip excepto obligado por inspección, por ej. aportes a la seg.social.
Sólo que tenga los pagos en tiempo y forma desde 03/07 podrías solicitar correr el cese.
La única posibilidad hoy de pagos extemporáneos es el SDM con todos los riesgos ......
 #894098  por mariairene
 
Conclusion: persona que este año cumple sesenta años, puede comprar por moratoria 23 años, los siete restantes podra afiliarse a monotributo pagar casi 5 años y a los casi sesenta y cinco estara en condiciones de jubilarse. El problema lo tiene quien tiene cargado en el sistema el tramo de monotributo con cese al 2007, tendra que comprar periodos muy caros con intereses porque el sistema no lo dejara liquidar los ultimos tiempos.
 #894131  por abim
 
mariairene escribió:Conclusion: persona que este año cumple sesenta años, puede comprar por moratoria 23 años, los siete restantes podra afiliarse a monotributo pagar casi 5 años y a los casi sesenta y cinco estara en condiciones de jubilarse. El problema lo tiene quien tiene cargado en el sistema el tramo de monotributo con cese al 2007, tendra que comprar periodos muy caros con intereses porque el sistema no lo dejara liquidar los ultimos tiempos.
Qué dice el padrón?...¿Cuál es el motivo de la baja a 02/07?
 #894136  por anibal martin
 
mariairene escribió:Conclusion: persona que este año cumple sesenta años, puede comprar por moratoria 23 años, los siete restantes podra afiliarse a monotributo pagar casi 5 años y a los casi sesenta y cinco estara en condiciones de jubilarse. El problema lo tiene quien tiene cargado en el sistema el tramo de monotributo con cese al 2007, tendra que comprar periodos muy caros con intereses porque el sistema no lo dejara liquidar los ultimos tiempos.
Al estar dado de baja por falta de reempadronamiento en Marzo del 2007 y seguramente con deuda, tenès que volver a darlo de alta pero para esto tenès que regularizarle la deuda existente a Febrero de 2007. Por lo tanto es peor el remedio que la enfermedad. La ùnica "elusiòn" que podrìas encontar serìa: 1) hacerle un Plan "Mis Facilidades" por lo que debe, luego el sistema te permite el alta en el Monotributo, pagás los ùltimos años, segùn lo que necesitàs (seràn 7 años) - que son màs baratos - la jubilás a la persona y luego ves que hacès con la deuda, es decir si la pagàs o no.- No sè si con esto te confundì màs pero es factible...amf.
 #894240  por MARIO1943
 
ANTES D E INSCRIBIRTE EN MONOTRIBUTO Y PAGAR LA DEUDA TE CONVIENE INCRIBIRTE COMO AUTONOMO VOLUNTARIO ( AMAS DE CASA ) Y NO ESTA SUPEDITADO AL PAGO DE LA DEUDA DEL MONOTRIBUTO,ES $ 312,96 ES UN POCO MAS QUE MONOTRIBUTO QUE ES DE $ 296
 #894275  por Anyweb
 
MARIO1943 escribió:ANTES D E INSCRIBIRTE EN MONOTRIBUTO Y PAGAR LA DEUDA TE CONVIENE INCRIBIRTE COMO AUTONOMO VOLUNTARIO ( AMAS DE CASA ) Y NO ESTA SUPEDITADO AL PAGO DE LA DEUDA DEL MONOTRIBUTO,ES $ 312,96 ES UN POCO MAS QUE MONOTRIBUTO QUE ES DE $ 296
O al MT Promovido que son $110.- por mes
 #894281  por marcela33
 
Se aclara que en la actualidad, no puede afiliarse voluntariamente como ama de casa por el régimen especial de la Ley 24.828.


Asimismo, aquellas amas de casa que se hayan afiliado por dicha norma durante su vigencia (siempre que no excediera los 55 años de edad), continuarán efectuando los aportes de $ 107,58.




Fuente: Art. 3 Ley 24.241 y Anexo I RG 3305/12


Esto es lo que sale en preguntas frecuenes de Afip, tal vez te ayude...
 #894319  por MARIO1943
 
marcela33 escribió:Se aclara que en la actualidad, no puede afiliarse voluntariamente como ama de casa por el régimen especial de la Ley 24.828.


Asimismo, aquellas amas de casa que se hayan afiliado por dicha norma durante su vigencia (siempre que no excediera los 55 años de edad), continuarán efectuando los aportes de $ 107,58.




Fuente: Art. 3 Ley 24.241 y Anexo I RG 3305/12


Esto es lo que sale en preguntas frecuenes de Afip, tal vez te ayude...

LO QUE BIEN ESPECIFICAS SON PARA LAS AMAS DE CASA QUE OPTARON POR EL APORTE REDUCIDO PREVISTO EN LA LEY 24828
ESO FUE HASTA MARZO CREO DEL 2009, DONDE LA CATEGORIA MINIMA ERA D E $ 142,96 Y EL APORTE REDUCIDO PARA AMAS DE CASA ERA DE $ 49,14

AHORA LA AFIP INCORPORA A A LAS AMAS DE CASAS COMO APORTE VOLUNTARIO , NO COMPRENDIDA EN LA LEY 24828 CON EL 100% DE LA CATEGORIA MINIMA
E INCORPORA A OTROS MAS COMO VOLUNTARIO, A CONTINUACION PASO LO QUE REGLAMENTO LA AFIP DONDE INCLUYE LAS AMAS DE CASAS NO PREVISTA EN LA LEY 24828

¿QUIÉNES PUEDEN OPTAR POR AFILIARSE VOLUNTARIAMENTE AL RÉGIMEN
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL?
Los sujetos que pueden optar por afiliarse voluntariamente al Régimen Nacional de la
Seguridad Social, son los siguientes:
 Miembros de consejos de administración de cooperativas que no perciban
retribución alguna por esas funciones, socios no gerentes de sociedades de
responsabilidad limitada, síndicos de cualquier sociedad y fiduciarios; y los socios
minoritarios de cualquier sociedad, que realicen en la misma sociedad actividades
especialmente remuneradas que configuren una relación de dependencia.
 Titulares de condominios y de sucesiones indivisas que no ejerzan la dirección,
administración o conducción de la explotación común.
 Miembros del clero y de comunidades religiosas pertenecientes al culto católico o
a otros cultos.
 Personas que ejerzan las actividades mencionadas en el Artículo 2º, inciso b),
Apartado 2 de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones y que por ellas se encontraren
obligatoriamente comprendidas en uno o más regímenes jubilatorios provinciales
para profesionales, como asimismo aquellos que ejerzan una profesión no académica
autorizada con anterioridad a la promulgación de la citada ley.
 Amas de casa no comprendidas en la Ley N° 24.828.
 Toda persona física menor de CINCUENTA Y CINCO (55) años aunque no
realizare actividad lucrativa alguna o se encontrare comprendida en otro régimen
jubilatorio, sin perjuicio de la afiliación que corresponda a dicho régimen.
 Socios de sociedades de cualquier tipo, menores de CINCUENTA Y CINCO (55)
años, que no se encuentren incluidos obligatoriamente en los incisos a) o b) del
Artículo 2° de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones.
 #894389  por DRA. MACA
 
Mario como es el tema del aporte reducido? Por la gente que aun no cumpliendo la edad jubilatoria no va a llegar con los aportes y para no tener problemas con el sdm ir pagando desde ahora? Gracias!
 #894420  por MARIO1943
 
DRA. MACA escribió:Mario como es el tema del aporte reducido? Por la gente que aun no cumpliendo la edad jubilatoria no va a llegar con los aportes y para no tener problemas con el sdm ir pagando desde ahora? Gracias!
ESTA LIMITADO A LAS AMAS D E CASA MENORES D E 55 ANOS