hola colegas!!! tengo una caso donde el demandante no recibe la cedula de traslado de demanda. El tema es que se que alli vive porque ahi se cumplen las visitas del menor, asi que decidi enviar cedula bajo responsabilidad de la parte actora, seria conveniente igual realizar los oficios??? que pasa si el oficial notificador se presenta y el encargado igual se niega a recibirla??? yo creo que las posibilidades de pedir la nulidad son minimas ya que el menor concurre a dicho domicilio a visitar a su padre..aguardo sus comentarios
muchas gracias
muchas gracias

"He tomado sobre mis espaldas el monopolio de mejorar sòlo a una PERSONA,y esa persona SOY YO MISMO,y se cuan difìcil es conseguirlo"MAHATMA GANDHI