Para quiene sugieren ahorrar, el costo de un "poder especial para querellar", sustituyéndolo por una carta poder , firmada ante el Secretario del juzgado, deben o deberían saber, lo siguiente, en Provincia de Buenos Aires, Sí es viable, por lo que establece el art. 77 del CPPBA. "....Su pretensión deberá ser formulada por escrito, personalmente con patrocinio letrado o mediante apoderado con mandato especial o mediante simple carta-poder autenticada la firma por escribano, funcionario judicial letrado habilitado o secretario o su reemplazante de la Fiscalía o Juzgado de Garantías intervinientes, debiéndose constituir domicilio procesal. Por lo que en el CPPN., no esta previsto al certificación de carta poder alguna (menudo papelón, ante los empleados del Juzgado, no?). En el CPPN., seria viable, de la siguiente manera, como el CPCCN., es de "aplicación supletoria", si se tramita el Beneficio de litigar sin gastos, y se lo conceden,(en la causa penal) estaríamos ante el supuesto previsto en el CPCCN, que expresamente preve, la certificación de la firma del poder ante el Secrtario. Por lo tanto es inaplicable en este caso. El costo de un poder especial para querellar, oscila entre los $400 y $ 450, depende el escribano.
Por lo tanto...lo colegas que "suguieren", la firma de carta poder ante el Secret. del Jugado en el Fuero Penal, sería bueno que identifiquen "que normas del CPPN., establecen eso.." asi apredemos todos.
Saludos
Por lo tanto...lo colegas que "suguieren", la firma de carta poder ante el Secret. del Jugado en el Fuero Penal, sería bueno que identifiquen "que normas del CPPN., establecen eso.." asi apredemos todos.
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