Colegas,
en una reivindicación que estoy iniciando, de una porcion ideal del terreno que fue ocupada por los demandados, donde construyeron una propiedad interesante.... quiero acumular con los daños y perjuicios ocasionados a mis clientes. LA OPORTUNIDAD DEL RECLAMO DE LOS DAÑOS ES AHORA NO? es decir, la reivindicación es imprescriptible... (salvo plazo de usucapion, pero eso es otra cosa)... pero la de daños, como en el caso sería extracontractual la responsabilidad, prescribiría a los 2 años... desde que tomaron conocimiento del hecho... por ende: entre el tramite del juicio y demas, me prescribe... de allí que tenga que acumular ahora o calle para siempre no?
Mi duda mayor es por el tema de la determinación del perjuicio en si mismo... pues no se a cuanto pueden aumentar los perjuicios de proseguir en esta actitud el demandado. por ejemplo, iban lotear y sacar a la venta. Quizas se va y nada pasa, quizas se queda, me lleva años sacarlo, y se pierden una venta...
Como lo encaro?
en una reivindicación que estoy iniciando, de una porcion ideal del terreno que fue ocupada por los demandados, donde construyeron una propiedad interesante.... quiero acumular con los daños y perjuicios ocasionados a mis clientes. LA OPORTUNIDAD DEL RECLAMO DE LOS DAÑOS ES AHORA NO? es decir, la reivindicación es imprescriptible... (salvo plazo de usucapion, pero eso es otra cosa)... pero la de daños, como en el caso sería extracontractual la responsabilidad, prescribiría a los 2 años... desde que tomaron conocimiento del hecho... por ende: entre el tramite del juicio y demas, me prescribe... de allí que tenga que acumular ahora o calle para siempre no?
Mi duda mayor es por el tema de la determinación del perjuicio en si mismo... pues no se a cuanto pueden aumentar los perjuicios de proseguir en esta actitud el demandado. por ejemplo, iban lotear y sacar a la venta. Quizas se va y nada pasa, quizas se queda, me lleva años sacarlo, y se pierden una venta...
Como lo encaro?
