Estuve leyendo en el foro para ver si encontraba info sobre cómo se desarrolla la Audiencia Preliminar por alimentos, y leí que pueden tomar la confesional!!!!!!!!!!!! Mi sorpresa es mucha, porque pensé que eso se hacía en la de Vista de Causa??? El proveido que fija la audiencia nada dice sobre la confesional, sólo hace alusión al 842 del CPCC. Alguien podría desasnarme???
Le dieron directamente el tramite de conocimiento??
Respecto de la confesional sino dice el proveido para que absuelva posiciones no se tomara en dicha audiencia, pero los alimentos tienen tramite especial, por eso es raro que le hayan dado el tramite comun.
