Estimados foristas, mi consulta se divide en dos partes, por un lado si en causa propia puedo iniciar una sucesión en una jurisdicción en la que no estoy matriculado (yo estoy matriculado en capital y esto es pcia. de Bs.As.) y por otro, hasta que rango de parentesco puedo actuar en causa propia, ya que debería iniciar dos sucesiones, una de mi padre y otra de mi tío, ya que tenían bienes en común.
Desde ya muchas gracias por su colaboración.
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