hola estoy leyendo el proveido donde ordenan (previo a la etapa de ejecucion) pero no me parece demasiado claro
lo que ordenan y algo ilogico...es el juzgado 7
si entendi bien dice algo asi como: una vez firme la sentencia y para que se comienze a computar el plazo de los 120 dias
tengo que remitir a anses copia certificada de la sentencia dictada en autos (para que si el juzgado se la notifico?)
junto con las actuaciones administrativas (a que actuaciones se refiere?)
a cuyo termino podra iniciarse la ejeucion y la presentacion de la liquidacion correspondiente...
y despues dice: a fin de contar con los datos necesarios para la confeccion de la mencionada liquidacion o para el control
de la que practique anses, debera extraer fotocopias de las constancias pertinentes: resolucion por la que se otorgo
el beneficio, detalle de las remuneraciones , reclamo administrativo, etc...
todo eso ya esta en el expediente en original...no entiendo para que hay que hacer todo eso?
alguien me explica?
gracias
lo que ordenan y algo ilogico...es el juzgado 7
si entendi bien dice algo asi como: una vez firme la sentencia y para que se comienze a computar el plazo de los 120 dias
tengo que remitir a anses copia certificada de la sentencia dictada en autos (para que si el juzgado se la notifico?)
junto con las actuaciones administrativas (a que actuaciones se refiere?)
a cuyo termino podra iniciarse la ejeucion y la presentacion de la liquidacion correspondiente...
y despues dice: a fin de contar con los datos necesarios para la confeccion de la mencionada liquidacion o para el control
de la que practique anses, debera extraer fotocopias de las constancias pertinentes: resolucion por la que se otorgo
el beneficio, detalle de las remuneraciones , reclamo administrativo, etc...
todo eso ya esta en el expediente en original...no entiendo para que hay que hacer todo eso?
alguien me explica?
gracias
