Colegas, buenas tardes a todos, me acaba de surgir una conciliación de un daños y por cuestiones administrativas mías y de mi clienta tengo que hacerle hacer un poder a mi favor para poder transar, cobrar, etc. Me cerraron todas las escribanías así que pregunto por acá a ver si alguien me lo aclara un poco más así lo resuelvo el Lunes: el poder debo redactarlo yo con lo que quiero que contenga y llevarlo impreso a la escribana? y de ahí que más? En un día lo tiene? (obvio tenemos q firmarlo mi clienta y yo).Y si alguien tiene idea cuánto los están cobrando me dicen, gracias y saludos!!!
yaninap escribió:para poder transar, cobrar, etc.El poder lo redacta el escribano, pero tenés que aclararle con qué alcance y facultades lo querés, porque para transigir es necesario poder especial, por ejemplo.
Saludos!