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  • RESERVA DE PUESTO: EMPLEADOR DEBE PAGAR OBRA SOCIAL?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #903392  por tomasarce
 
HOLA A TODOS. MI CONSULTA ES SI DEBE PAGAR AUN EN PERIODO DE RESERVA DE PUESTO YA NOTIFICADA LA OBRA SOCIAL. POR LO QUE LEI SI, Y ES LA PRIMERA VEZ Q M TOCO ALGO ASI. GRACIAS A TODOS Y ESPERO AYUDA ANTES DEL TCL QUE REDACTARE PARA MI CLIENTE. SALUDOS A TODOS.
 #903440  por gusgus
 
entiendo que la parte que corresponde a la patronal se debe abonar a la obra social en caso de enfermedad inculpable.....
no asi la parte que le corresponde al trabajador


ley 23360

Art. 10. — El carácter de beneficiario otorgado en el inciso a) del artículo 8 y en los incisos a) y b) del artículo 9 de esta ley subsistirá mientras se mantenga el contrato de trabajo o la relación de empleo público y el trabajador o empleado reciba remuneración del empleador, con las siguientes salvedades:

b) En caso de interrupción del trabajo por causa de accidente o enfermedad inculpable, el trabajador mantendrá su calidad de beneficiario durante el plazo de conservación del empleo sin percepción de remuneración, sin obligación de efectuar aportes
 #903441  por gusgus
 
sigo *leo* *leo* *leo* *leo*

y ahora dudo!!!!!!!

"No hay aportes ni contribuciones al régimen de obras sociales, pues no hay salario devengado sobre el que pueda calcularse las alícuotas que la ley establece. No obstante, la ley mantiene la cobertura de salud al trabajador durante este período de su enfermedad. La ley de obras sociales 23660 dispone que "En caso de interrupción del trabajo por causa de accidente o enfermedad inculpable, el trabajador mantendrá su calidad de beneficiario durante el plazo de conservación del empleo, sin obligación de efectuar aportes"(artículo 10, inciso b)".
 #903886  por casbarrog
 
Hola colega, fijate que obra social es.- No hay ap ni contrib porque no hay salario, como bien dijeron por allí.- Pero por ley la obra te cubre todo el año de reserva, siempre y cuando el empleado haga un determinado trámite. por ejemplo en osecac te dan un formulario que lo debe llenar el empleador con firma certificada donde consta el período de reserva de puesto y eso se lleva de nuevo a la obra social
si no se hace este trámite por ante la obra social, ésta deja de cubrirla.-
es igual cuando te despiden y te deben conservar la obra social x tres meses x ejemplo, si el empleado no hace el trámite no los cubre.-
llamá a la obra social y averiguá cual es el trámite implementado por ella.-
cariños y éxtios.-
gery

PD: una duda.- durante la reserva de puesto tampoco devenga asignaciones familiares. Ahora me pregunto yo, una persona que cobraba la asignación por hijo al entrar en reserva deja de percibirla: ¿durante ese período la persona podría tramitar la asignación universal por hijo ya que no tiene ingresos?
 #1190638  por LauraS
 
Me pregunto si durante el periodo de reserva, debe el empleador hacer los aportes a la seguridad social ( jubilacion).... :roll:
 #1190736  por imperiati1
 
por reserva de puesto te referis a un contrato por temporada en donde termina la temporada, hacen reserva de puesto para temporada siguiente?, si es este supuesto, no es necesario hacer ningún aporte. La relación laboral está en su faz pasiva. Luego deberas convocar si o si antes de iniciar la temoprada siguiente y darla nuevamente de alta cuando se incorpora.