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  • SUCESIÓN-USUFRUCTO VITALICIO

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 #903570  por carpediem777
 
Buenas noches colegas, intentaré ser claro y breve...el tema es el sig.: tengo que inscribir un inmueble a nombre de los herederos, en la escritura hay un usufructo vitalicio a favor de x persona...ya me ordenaron la inscripción, y mi duda es...ÉSE USUFRUCTO VITALICIO...SE VE AFECTADO DE ALGUNA MANERA POR LA INSCRIPCIÓN? porque la idea de los herederos es que ése usufructo siga tal cual está....SE INSCRIBE NORMALMENTE A NOMBRE DE LOS HEREDEROS CON USUFRUCTO Y TODO?? gracias anticipadas!!!
 #903585  por abogado1987
 
interpreto que está normado en el

Art. 2.920. El usufructo se extingue por la muerte del usufructuario de cualquier manera que suceda; y el que es establecido a favor de una persona jurídica, por la cesación de la existencia legal de esa persona y por haber durado ya veinte años.

http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInte ... ituloX.htm
 #903593  por eduferry
 
Si es en capital para que no te lo observe el registro, en la minuta de inscripción y en el rubro 16 detallá el usufructo con todos los datos que surgen del informe de dominio (fecha, escritura, beneficiario, escribano, etc.)
 #903692  por carpediem777
 
Abogado1987 y eduferry, muchas gracias!!!!
En éste caso en concreto, el mismo usufructuario era el dueño pero, hizo una donación a su hijo, con reserva de usufructo vitalicio, luego éste hijo muere...ésta es la sucesión que estoy llevando, entonces según interpreto, aclarando en la minuta los datos que eduferry me consigna, no debería tener problemas en la inscripción para que ese usufructo continúe tal cual esta...
La sucesión tramita en capital pero, el bien es de provincia...gracias nuevamente 1987 y edu!!!
 #927890  por NORAESTELA
 
eduferry escribió:Si es en capital para que no te lo observe el registro, en la minuta de inscripción y en el rubro 16 detallá el usufructo con todos los datos que surgen del informe de dominio (fecha, escritura, beneficiario, escribano, etc.)
Hola eduferry, te hago una pregunta con relación a la inscription del usufructo, quien puede tramitar la inscripción: un escribano o también podemos hacerla nosotros? muchas gracias!!!
 #927905  por registradorfernandez
 
buenas noches....
pues bien ...... está todo dicho......
lo que tenés que dejar claro en el oficio de inscripción es que la D.H. es sólo por la nuda propiedad, y que el usufructo vigente a favor de..... inscripto por escritura...... ingresado bajo presentación nº...... de fecha....... continúa vigente con todos sus efectos.
en provincia de bs.as. no hay una "fórmula" para la confección de los oficios, pero tené en cuenta si el inmueble corresponde a folio protocolizado o folio real, porque llevarán distintos datos..... los de folio protocolizado deben ser más completos porque convierten a la técnica de folio real, y tenés que describir el inmueble completo de título con ubicacion, designación, medidas y linderos y superficie, (SIEMPRE DE TITULO), datos filiatorios completos de los herederos(fecha de nac., nac., -dni. cuil, estado civil, grado de nup., nombre del cony., domic. real e impositivo), si hay cesiones escritura escribano cesionario, cedente, caracter oneroso o gratuito, nomenclatura catstral, partida inmobiliaria, proporciones en quebrados, y si el bien es mixto proporciones totales, cuánto por ganancial, cuánto por propio,..., transcripción de la resolucion "por fallec. de .... heredan....", autos que ordena inscripcion "www.rpba.gob.ar" encontras en el margen izquierdo "libres", luego "normas registrales", despues "texto libre", tipeas declaratoria de herederos y salen todas las disposicioones que debes cumplimentar
suerte
hasta la proxima
 #928044  por NORAESTELA
 
Hola! Desde ya, muchas gracias! Pero mi duda surgio porque en este caso no hay sucesión, solo usufruto por escribano pero emitido en el exterior.me envian el usufructo y debo inscribirlo.