Gente del foro, les comento cómo va mi trámite.
Notifiqué la demanda, se presentó la municipalidad diciendo que los derechos no son absolutos sino relativos, que no es una pena sino una inhabilitacion temporaria y administrativa, etc. todo lo que pensaba que me iban a responder.
posteriormente, se ordenó notificar a la fiscalía de estado, así q tuve q notificar allá en la plata. se presentó el apoderado de la provincia y dijo que la pcia no tenía interés en el pleito porque el tema del tránsito fue delegado a la municipalidad, pero subsidiariamente adhirió a los fundamentos del municipio.
ahora voy a pedir cuestión de puro derecho, a ver qué sale. creo q el art. del C.P.P. es la estrellita en este asunto, y me coloca en una buena posición.
Esperemos!