Estimados:
Estoy contestando una demanda en la cuál el cliente, se encontraba detenido en un cruce a nivel, mas al efectuar una maniobra de marcha atrás embistió a otro vehículo.-
La duda es la siguiente, por si les suena:
Si bien la 24449 prevé expresamente que está prohibida la maniobra efectuada por el cliente (avanzar marcha atrás fuera de alguna de las excepciones previstas) por su parte el art. 72 de la misma ley expresa que en cruces a nivel, todos los conductores deben extremar las precauciones.
El caso es que si el hombre no retrocedía, corría el riesgo de que el tren lo impactara, y el hoy demandante se detuvo detrás de él, sin guardar la distancia necesaria como para permitir una maniobra ante la presencia inminente de la formación.
Bueno, les dejo la inquietud, por si alguien recuerda algún fallo vinculado.
Saludos cordiales.-
Estoy contestando una demanda en la cuál el cliente, se encontraba detenido en un cruce a nivel, mas al efectuar una maniobra de marcha atrás embistió a otro vehículo.-
La duda es la siguiente, por si les suena:
Si bien la 24449 prevé expresamente que está prohibida la maniobra efectuada por el cliente (avanzar marcha atrás fuera de alguna de las excepciones previstas) por su parte el art. 72 de la misma ley expresa que en cruces a nivel, todos los conductores deben extremar las precauciones.
El caso es que si el hombre no retrocedía, corría el riesgo de que el tren lo impactara, y el hoy demandante se detuvo detrás de él, sin guardar la distancia necesaria como para permitir una maniobra ante la presencia inminente de la formación.
Bueno, les dejo la inquietud, por si alguien recuerda algún fallo vinculado.
Saludos cordiales.-
no hay viento favorable para quien no sabe a que puerto se dirige
