Buenas!
Les comento este temita que me tiene medio en vilo.
Un cliente mio es martillero y lo aconsejo y asesoro en diferentes aspectos de su inmobiliaria, sin embargo hay un tema que me genera dudas.
La inmobiliaria le da a los clientes las llaves de los inmuebles para que los vean y luego las devuelven, a cambio de esto les retienen el dni hasta tanto devuelvan las llaves.
Les aconsejé que lo mejor es que los acompañe algun empleado a verlos para asegurarse quien vaya al inmueble no haga ningun daño y obviamente para asegurarse que se va a ir del inmueble y devolver las llaves.
Me imagino diferentes situaciones, tanto que algun cliente rompa algo del inmueble, como que se quede adentro, o hasta algo mucho menor, que se retrasen y no la devuelvan ese día y por ende la inmobiliaria pierda de mostrar el inmueble a alguien mas y que el dueño del mismo haga problemas.
A todo esto mi cliente me algo que ya de antemano sabia, no solo ellos sino CASI TODAS las inmobiliarias hacen esto, dado que de lo contrario se pierde un empleado solo para acompañar a la gente y algunas quizas no les sobran ni empleados ni dinero. Por tanto ya me dijeron que que alguien acompañe a los clientes no es una opcion.
Todo este racconto previo es a fin de consultarles, a su entender:
¿cual seria la figura legal que les parece dejaria mas cubierta a la inmobiliaria al momento de entregar las llaves a los clientes para ver inmuebles?
A mi enteder la mejor opcion es darle la forma de un comodato, dado que hasta donde yo se (corrijanme si me equivoco) el mismo no tiene plazo minimo, y por ende se podra realizar el mismo inclusive por horas.
Por otra parte la figura es gratuita, lo que coincide con la manera en que se entregan las llaves para ver un inmueble.
Por ultimo el comodato tiene las mismas obligaciones de resitucion y conservacion que existen en la locacion.
Ahora, ¿el comodato deberia ser sobre la llave o sobre el inmueble?
A mi entender deberia ser sobre el inmueble, dado que sino el deber de conservacion y restitucion seria sobre la llave y no sobre el inmueble.
Uds que opinan?
desde ya estoy abierto a cualquier parecer y corrección
Espero sus respuestas,
Un saludo
Les comento este temita que me tiene medio en vilo.
Un cliente mio es martillero y lo aconsejo y asesoro en diferentes aspectos de su inmobiliaria, sin embargo hay un tema que me genera dudas.
La inmobiliaria le da a los clientes las llaves de los inmuebles para que los vean y luego las devuelven, a cambio de esto les retienen el dni hasta tanto devuelvan las llaves.
Les aconsejé que lo mejor es que los acompañe algun empleado a verlos para asegurarse quien vaya al inmueble no haga ningun daño y obviamente para asegurarse que se va a ir del inmueble y devolver las llaves.
Me imagino diferentes situaciones, tanto que algun cliente rompa algo del inmueble, como que se quede adentro, o hasta algo mucho menor, que se retrasen y no la devuelvan ese día y por ende la inmobiliaria pierda de mostrar el inmueble a alguien mas y que el dueño del mismo haga problemas.
A todo esto mi cliente me algo que ya de antemano sabia, no solo ellos sino CASI TODAS las inmobiliarias hacen esto, dado que de lo contrario se pierde un empleado solo para acompañar a la gente y algunas quizas no les sobran ni empleados ni dinero. Por tanto ya me dijeron que que alguien acompañe a los clientes no es una opcion.
Todo este racconto previo es a fin de consultarles, a su entender:
¿cual seria la figura legal que les parece dejaria mas cubierta a la inmobiliaria al momento de entregar las llaves a los clientes para ver inmuebles?
A mi enteder la mejor opcion es darle la forma de un comodato, dado que hasta donde yo se (corrijanme si me equivoco) el mismo no tiene plazo minimo, y por ende se podra realizar el mismo inclusive por horas.
Por otra parte la figura es gratuita, lo que coincide con la manera en que se entregan las llaves para ver un inmueble.
Por ultimo el comodato tiene las mismas obligaciones de resitucion y conservacion que existen en la locacion.
Ahora, ¿el comodato deberia ser sobre la llave o sobre el inmueble?
A mi entender deberia ser sobre el inmueble, dado que sino el deber de conservacion y restitucion seria sobre la llave y no sobre el inmueble.
Uds que opinan?
desde ya estoy abierto a cualquier parecer y corrección
Espero sus respuestas,
Un saludo
