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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #903643  por ecar
 
tenes que sumar y restar, es asi de simple el sicam.
ejemplo:
fecha de inicio. podes tomar desde los 18años. .......01/01/1967 (2)
fecha de cierre sicam.......................................30/09/1993 (1)
restar (2) -(1) 00= cantidad de tiempo que podes aplicar LEY 24476, CAMBIANDO PERIODOS Y ACTIVIDADES.
NO SE PUEDE APLICAR BENEFICIOS Y QUERER COMPRAR LOS MISMOS PERIODOS.

TOMANDO EN CUENTA, LA DEMORA DE TIEMPO, EN QUE HACES LAS CONSULTAS, Y EL TIPO DE CONSULTAS, LA RAMA PREVISIONAL, ME PARECE QUE NO TE RESULTA ATRACTIVA.
 #903749  por sc
 
Gracias de todos modos, valoro cada una de las opiniones, pero hay frases que están de más...mas que nada porque no tenes idea cual es la situación...si tu cliente (que en este caso es muy conocida) te dice para todo, porque no tengo el dinero...paras todo...porque no me dedico exclusivamente a lo previsional y tengo otras cosas que hacer..y despues te llaman que puede ser que la consigan, que no están seguro, retomo, el tema...de todos modos, hasta la última estrofa valoro muchos tu opinión, y las anteriores. muchas gracias.!
 #904676  por sc
 
Hola, como bien me indicaron cambié categorias entre el 8/65 y 9/93, me tomó algunos pagos y lo que tenía deuda los compré.
Quedaron pagos como autonomo entre 7/94 y 12/98 luego el causante no abonó más hasta 2/2007, en todo ese período renuncié, aplicando art. 1.
Ahora bien el ultimo pago sin tener en cuenta los periodos renunciados que son desde 1/99 a 2/2007, sería 12/98. este último pago se tomaría para DDJJ (art. 3 24476), pregunto porque hoy en la udai hubo un colega que me indicó que no aplique el benfecio.
Gracias.
 #904755  por ecar
 
ART. 3 LEY 24476, SE TOMA REFERIDO AL ULTIMO APORTE INGRESADO AL SISTEMA YA SEA AUTONOMO O RELACION DE DEPENDENCIA. EN TU CASO, SE DEDUCE QUE EL ULTIMO PERIODO INGRESADO ES EL AÑO 1998, POR LO TANTO PÓDES TOMAR 5 AÑOS POR ART. 3 LEY 24476, EL PERIODO A CONSIDERAR NO DEBE TENER PAGOS. TOMA LOS PERIODOS QUE NO TENGAN PAGOS. SUERTE.
 #904805  por exjefe
 
sc escribió:Hola, como bien me indicaron cambié categorias entre el 8/65 y 9/93, me tomó algunos pagos y lo que tenía deuda los compré.
Quedaron pagos como autonomo entre 7/94 y 12/98 luego el causante no abonó más hasta 2/2007, en todo ese período renuncié, aplicando art. 1.
Ahora bien el ultimo pago sin tener en cuenta los periodos renunciados que son desde 1/99 a 2/2007, sería 12/98. este último pago se tomaría para DDJJ (art. 3 24476), pregunto porque hoy en la udai hubo un colega que me indicó que no aplique el benfecio.Si vas por los 30a podes aplicar beneficios.
Gracias.
 #904869  por sc
 
ecar y exjefe les agradezco muchísimo...entonces como tiene ultimo pago 12/1998 tomo este periodo para DDJJ, independientemente que desde 1/99 a 2/2007 renuncié porque estaba todo impago....no?
Tomo 12/98 como cese y aplico 5 años DDJJ...está bien?
Muchas gracias....encima hoy me llamaron que conseguian el dinero...por eso el apuro...
 #905040  por sc
 
perdón otra pregunta.... el miercoles 31 se cumple el año del fallecimiento. si inicio antes de esa fecha la viuda cobrará retroactivo desde el fallecimiento, verdad? y si se inicia en forma posterior el retroactivo es de un año? es asi....perdón, por tanta pregunta, pero es gente conocida, me están llamando a cada rato por el tema del dinero, q lo consiguen y que no lo consiguen....
Porque si fuera asi hago como me decía ecar lo hago en novimebre, dandoles tiempo para que consigan el dinero, y cobrarían el retro de un año....se entiende? es asi?
gracias
 #905103  por ecar
 
sc escribió:perdón otra pregunta.... el miercoles 31 se cumple el año del fallecimiento. si inicio antes de esa fecha la viuda cobrará retroactivo desde el fallecimiento, verdad? y si se inicia en forma posterior el retroactivo es de un año? es asi....perdón, por tanta pregunta, pero es gente conocida, me están llamando a cada rato por el tema del dinero, q lo consiguen y que no lo consiguen....
Porque si fuera asi hago como me decía ecar lo hago en novimebre, dandoles tiempo para que consigan el dinero, y cobrarían el retro de un año....se entiende? es asi?
gracias
EL RETROACTIVO, SE TOMA 1 AÑO PARA ATRAS, DE LA FECHA DE LIQUIDACION DE SICAM
.
SI TIENEN PROBLEMAS, PARA CONSEGUIR EL DINERO,TE REITERO LIQUIDAS EL 01/11/2012 EL SICAM, TENES TIEMPO PARA ABONAR LA DEUDA, HASTA EL 20/12/2012. SUERTE
 #905204  por sc
 
ok, mil gracias, ya por suerte pude hablar, ya que el dinero no lo consiguen enseguida...
entonces reptio para ve si me quedo claro....entre 8/65 y 7/92 cambié actividad...ahí me tomo algunos pagos y otros los compré...
Desde 7/94 a 12/98 hay pagos y deudas, estas últimas las renuncié...
y desde 1/99 a 2/2007 está todo impago...lo renuncié...
Teniendo en cuenta el último pago ingresado, 12/98 podría aplicar 5 años DDJJ..está bien? no importa que previamente haya renunciado algunos peridos con deuda?
 #905268  por ecar
 
sc escribió:ok, mil gracias, ya por suerte pude hablar, ya que el dinero no lo consiguen enseguida...
entonces reptio para ve si me quedo claro....entre 8/65 y 7/92 cambié actividad...ahí me tomo algunos pagos y otros los compré...
Desde 7/94 a 12/98 hay pagos y deudas, estas últimas las renuncié...
y desde 1/99 a 2/2007 está todo impago...lo renuncié...
Teniendo en cuenta el último pago ingresado, 12/98 podría aplicar 5 años DDJJ..está bien? no importa que previamente haya renunciado algunos peridos con deuda?
PARA LLEGAR A LA PBU, 30 AÑOS DE SERVICIOS
SE APLICAN COMO BENEFICIOS
ART 1 LEY 25321, POR LOS PERIODOS IMPAGOS O QUE GENEREN DEUDA.
ART. 3 LEY 24476, POR 5 AÑOS , QUE SE APLICAN A PERIODOS QUE NO TIENEN PAGOS.
ESTA MUY BIEN LO PLANTEADO.
SALUDOS
 #907715  por sc
 
Por suerte....ya tengo todo para presentar, ya que han conseguido el dinero...una última pregunta en el formulario de pago, el periodo es 11/10 o 10/10....el sicam lo envié ayer y la cuota que es al contado (1 solo pago) vence el 22/11....o no se pone periodo...(pregunto porque es la primera vez que sol. un benficio todo al contado)
gracias
 #907770  por ecar
 
sc escribió:Por suerte....ya tengo todo para presentar, ya que han conseguido el dinero...una última pregunta en el formulario de pago, el periodo es 11/10 o 10/10....el sicam lo envié ayer y la cuota que es al contado (1 solo pago) vence el 22/11....o no se pone periodo...(pregunto porque es la primera vez que sol. un benficio todo al contado)
gracias
sicam enviado el 31/10/2012. en formulario de pago debe de figurar el periodo 11/2012.
suerte