jeanvaljean02 escribió:dr facu, auxilioooooooooooooooooooooooooo!!!!
en principio, tengo malas noticias para vos y tu ahijado procesal....fijate este fallo de casación...
Voces : Principio de congruencia. Cambio de calificación legal.
Participación criminal. (Artículo 401 del C.P.P.N.).
Sumario : No se afecta el principio de congruencia, si lo que
se ha mutado es la calificación de la participación en el hecho
y no su materialidad. (art. 401, párrafo primero del
C.P.P.N.). (Voto de los Dres. Catucci, Bisordi, Rodríguez
Basavilbaso).
Magistrados : Catucci, Bisordi, Rodríguez Basavilbaso.
Registro n° 7060.1.
Gardiner, Ricardo Diego s/recurso de casación.
30/09/04
Causa n° : 5501.
Cámara Nacional de Casación Penal.
Sala : I.
Citas : Clariá Olmedo, Jorge A. "Derecho procesal Penal", Tomo
I, Ed. Rubinzal Culzoni, Actualizado por Vázquez Rossi, Jorge
E., Santa Fe, 2001, pág. 220/221.
en el mismo sentido, y mas orientado a tu problema ya que se trata de una indagatoria y su posterior procesamiento, aca va un fragmento de un fallo de cámara del crimen.
NULIDAD.
1) Defensa ejercida por el imputado. Suspensión por falta de
pago de la matrícula profesional. Ausencia de violación al art.
18 de la C.N. 2) Principio de congruencia. Participación
criminal. Falta de afectación a la garantía de la defensa en
juicio. 3) Declaración indagatoria. Declaración testimonial
previa. Ausencia de relevamiento del juramento de decir verdad.
Rechazo.
2) Se viola el principio de congruencia cuando existe falta de
identidad fáctica entre el "hecho" intimado en la indagatoria,
con el atribuido al causante en el procesamiento y en el
requerimiento de elevación a juicio; es decir que siempre se
tiene como punto de partida el "hecho", ya que su certero
conocimiento permite al encartado ejercer correctamente su
defensa material, de modo de evitar sorpresa para quien se
defiende, entendido como un dato con trascendencia sobre la cual
el imputado y su asistencia técnica no se pudieron expedir
(*******), mas queda excluido de esa exigencia lo concerniente
a las calificaciones legales (********).
Si de las piezas procesales no se advierte discrepancia o
divergencia entre el "hecho" materia de imputación, lo
concerniente a la participación criminal endilgada al imputado
no produce una afectación a la garantía de defensa en juicio
González, Seijas. (Sec.: López).
28438_4
ETCHEPARE, Julio.
11/05/06
c. 28.438.
C.N.Crim. y Correc.
Sala IV.
de todas formas yo, desde ya, que apelaría el procesamiento intentando poner el énfasis en otro tipo de cuestiones más vinculadas a la valoración de la prueba y demás (ojo....hablo sin conocer los hechos y la causa)
esta es mi humilde opinión, espero haber sido de ayuda.