A ver colegas si nos ponemos de acuerdo en algo y nos orientamos:
- primero nunca te hacen una MULTA sino que labran una acta de infracción que te la dan en el momento (en el caso de fotomulta, te llega a tu domicilio) donde te condenan a pagar un determinado monto con el beneficio del 50% de descuento- NO PAGARLA
- luego te citan a una audiencia y te dan plazo para formular el descargo pero también viene el monto de la multa incorporado sin el beneficio del 50%- NO ASISTIR A LA AUDIENCIA
- podés en este plazo realizar el descargo por medio fehaciente, y pedir prorroga de jurisdicción si estás a más de 60 km del lugar del hecho- REALIZAR EL DESCARGO
- luego esperar la sentencia final y ver que pasó... si es que algún día llega...
- ¿podemos luego apelarla ante la justicia correccional???
- primero nunca te hacen una MULTA sino que labran una acta de infracción que te la dan en el momento (en el caso de fotomulta, te llega a tu domicilio) donde te condenan a pagar un determinado monto con el beneficio del 50% de descuento- NO PAGARLA
- luego te citan a una audiencia y te dan plazo para formular el descargo pero también viene el monto de la multa incorporado sin el beneficio del 50%- NO ASISTIR A LA AUDIENCIA
- podés en este plazo realizar el descargo por medio fehaciente, y pedir prorroga de jurisdicción si estás a más de 60 km del lugar del hecho- REALIZAR EL DESCARGO
- luego esperar la sentencia final y ver que pasó... si es que algún día llega...
- ¿podemos luego apelarla ante la justicia correccional???