Accidente de transito entre dos camiones en el sur del pais. Mi cliente abordo de uno de ellos en ocasion de trabajo, es impactado por el otro camion y queda en coma, le fijaron un 100% de incapacidad. Para iniciar -en Capital- tengo una serie de dudas: 1. Puedo iniciar seclo por accidente laboral, siendo que la ART tiene domicilio en Capital? 2.Para iniciar demanda por daños y perjuicios, puedo iniciar en Capital por el mismo principio? 3. Que deberia reclamar en civil para que no se duplique el reclamo? Xej. daño moral, lucro cesante y demas rubros sin contemplar la incapacidad sobreviniente que se reclama por ART (en laboral). 4. El cliente se encuentra en coma y el trato es con el padre, como tratarian el tema con los poderes? Se deberia hacer una curatela previa? Gracias.-
