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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #91120  por logan8
 
Buenos dias, quisiera saber si me pueden decir si la no respuesta es la aceptacion de lo que pedimos, porque he mandando un mail con la fecha de vacaciones (en el mes de noviembre), y aun no me han contestado, y estoy a dias de salir de vacaciones, y si es así en que me puedo basar para defenderme en caso de que me cuestionen cuando salga de vacaciones, o que derecho me ampara la ley de trabajo argentina.
Muchas gracias y buen año!

 #91138  por Sailaw
 
El envio de un mail, no resulta fehaciente, es como si no se hubiera enviada nada.

 #91143  por logan8
 
Sailaw escribió:El envio de un mail, no resulta fehaciente, es como si no se hubiera enviada nada.
Y entonces?...como me ampara la ley, si mi jefe no me contesta?

 #91157  por MORGAN
 
LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO NADA DICE RESPECTO DE LA NOTIFICACION DE LAS VACACIONES QUE DECIDE EL TRABAJADOR Y LE CORRESPONDAN PERO EN BASE AL PCIPIO DE LA BUENA FE ART 63 ES CONVENIENTE NOTIFICAR LA DECISION UTILIZANDO PARA ELLO UN TELEGRAMA O CARTA DOCUMENTO O NOTA HACIENDO FIRMAR LA COPIA.

 #91162  por MORGAN
 
OLVIDE DECIRTE QUE EN CASO DE OMISION DEL EMPLEADOR DE NOTIFICAR EL INICIO DE LAS VACACIONES SE APLICA EL ART. 157 LCT

 #91167  por logan8
 
MORGAN escribió:OLVIDE DECIRTE QUE EN CASO DE OMISION DEL EMPLEADOR DE NOTIFICAR EL INICIO DE LAS VACACIONES SE APLICA EL ART. 157 LCT
Muchisimas Gracias!!!!

 #91176  por Ishtar
 
MORGAN escribió:OLVIDE DECIRTE QUE EN CASO DE OMISION DEL EMPLEADOR DE NOTIFICAR EL INICIO DE LAS VACACIONES SE APLICA EL ART. 157 LCT
Hola, es asi, se aplica el 157.

Las vacaciones se otorgan desde el primero de octubre al 30 de abril.

El empleador tiene que preavisarte el período de las vacaciones 45 dias antes de la fecha en que te las otorgan.

Si no lo hizo, vos (o sea el empleado) tiene el derecho a tomarlas.

Para notificar la fecha a partir de la cual las vas a tomar tiene que ser una vez vencido el plazo de antelación de los 45 días es decir que dependerá de la cantidad de días que te correspondan, hasta cuando tenés que esperar para en caso de que no te hayan preavisado mandar vos comunicacion fehaciente de cuando te las tomás.

Si querés pasame cuantos días de vacaciones te corresponden y te digo hasta cuando tenés que esperar que te notifiquen el otorgamiento de las mismas.

Todo esto siempre que la empresa no esté autorizada por el Ministerio de trabajo a otorgar vacaciones en otra época del año por la actividad que desarrolla.