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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #911148  por draclaudia
 
esta mañana un cliente se presenta con turno en anses para jubilación en relación de dependencia más sicam...todo bien pero le piden presentar form 09.001 por servicios presentados como efector social y presentarse en el registro nacional de efectores 25 de mayo 606 cap fed....????
 #911213  por liliana1
 
SI, TIENE QUE IR EL TIYULAR A ESA DIRECCION Y LE DAN PREIVA FIRMA EL FORMULARIOPARA PRESENTAR EN ANSES.-
 #911676  por ELSOBERBIO
 
Hola, sí te piden ese formulario, por más que vos prescribas ese período. Tené en cuenta que debe figurar la fecha de baja. A mi me lo mandan x internet el formulario. Entrá al sitio y contactate con algún operador, pasá tu credencial de gestor de Anses escaneada, y pedí te lo manden.
 #911738  por diegomdp
 
ELSOBERBIO escribió:Hola, sí te piden ese formulario, por más que vos prescribas ese período. Tené en cuenta que debe figurar la fecha de baja. A mi me lo mandan x internet el formulario. Entrá al sitio y contactate con algún operador, pasá tu credencial de gestor de Anses escaneada, y pedí te lo manden.

tiene que figurar la fecha de baja????

no me digas que modificaron la 24241 que hay que cesar para acceder a un beneficio jubilatorio y no me entere, me voy 10 dias y cambian todo en este pais.
 #911740  por lilita09
 
draclaudia escribió:esta mañana un cliente se presenta con turno en anses para jubilación en relación de dependencia más sicam...todo bien pero le piden presentar form 09.001 por servicios presentados como efector social y presentarse en el registro nacional de efectores 25 de mayo 606 cap fed....????
Buen dia, no hace falta que vaya el titular vos lo podes pedir por mail al reg. de efectores, saludos.
 #911741  por diegomdp
 
draclaudia escribió:esta mañana un cliente se presenta con turno en anses para jubilación en relación de dependencia más sicam...todo bien pero le piden presentar form 09.001 por servicios presentados como efector social y presentarse en el registro nacional de efectores 25 de mayo 606 cap fed....????

decile al que te atendio que si figura en sipa es suficiente, que se comio la modificacion del 24/07/2012 donde se establecio que ya no resulta obligatorio el 09.001 si figura el alta de efector en sipa, es mas si lo presentas y no te coincide el alta del formulario con el alta del sipa, cosa que suele suceder que no coincida, es peor el remio que la enfermedad porque hay que mandar el caso en consulta a prestaciones ativas y el expediente queda muerto hasta que ellos contesten,al menos eso es la teoria, la practica dependera siempre de que en computas conozcan la modificacion del 24/07/2012 o no
 #911938  por arandu2
 
Es cierto lo que dice diego. El formulario ya no te piden. Valen los registros que tienen en el SIPA. Por eso antes de hacer el sicam, es conveniente hacer la consulta en la Udai para saber los periodos de MT social y así liquidar correctamente, porque esos periodos son plenamente hábiles y que no conviene condonar ni prescribir porque no salen un centavo. Es más, conviene usarlos, a fin de que se compre menos períodos en la moratoria.
 #912050  por ELSOBERBIO
 
chicos a mi me lo piden siempre acá en Oberá.
yo lo pido, total no me cuesta nada, me lo mandan x mail.
saludos!
 #912091  por diegomdp
 
ELSOBERBIO escribió:chicos a mi me lo piden siempre acá en Oberá.
yo lo pido, total no me cuesta nada, me lo mandan x mail.
saludos!
no cuesta nada hasta que cueste, cuando a algun iluminado de computos se de cuenta que hubo una modificacion en julio la leera, o ya le leyo, y el falto de luces de iniciacion no entonces pide lo que no debe pedir, y la modificacion dice que sino coincide sipa con el formulario, los casos que he visto casi nunca coinciden aunque sea por unos dias, el expediente debe quedar a la espera que prestaciones activas resuelva la situacion.. ahora vos te arriesgarias a que prestaciones activas resuelva???? que va a resolver??? nadie sabe... cuanto va a tardar??? tampoco nadie sabe, entonces... es preferible hacerle entender al jefe de computos que se modifico y no que te aarre con un tramite en el medio, asi lo hice y despues de leer la normativa dijo, lo mando en consulta... no se que corno tenia que consultar porque esta clarisimo... que le contestaron??? lo que esta escrito que no es necesario.
A veces el no me cuesta nada te puede dar un dolor de cabeza, por ahi no, pero si te agarra con varios tramites en el medio te puede pasar....

a las pruebas me remito
PREV-28-15 Vigencia: 24/07/2012
Trabajadores incluidos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social
Computabilidad del Período Registrado

la parte pertinente dice.... y esta con azul para que cualquier nabo que la lea sepa que es una modificacion, o por si alguien se digna a leerla , solo lea la modificacion

IV. Acreditación del lapso registrado como Efector
Los servicios prestados como Efector Social, podrán ser visualizados en el SIPA conforme lo establecido por la norma ACTI-02-20, por lo que no resulta exigible la presentación del Form. 09.001, obrante en el Anexo de la presente, emitido por el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social, a fin de acreditar dichos servicios
No obstante, si el titular adjuntara además el mencionado formulario, pueden presentarse dos situaciones:
• Si el período registrado como efector, surge de la información suministrada por el SIPA y el afiliado presenta además el Form. 09.001 y ambos registros:
o son coincidentes, el período podrá considerarse acreditado.
o no son coincidentes, se deberá efectuar la consulta a la Dirección de Prestaciones Activas al correo electrónico PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".gov.ar.
• Si el período declarado como efector, no surge de la información suministrada por el SIPA, se deberá efectuar la consulta a la Dirección de Prestaciones Activas, al correo electrónico PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".gov.ar.
En aquellos casos en que se efectúa consulta a la Dirección de Prestaciones Activas deberán mantenerse en reserva las actuaciones hasta tanto se recepcione la respuesta, oportunidad en la cual en función de la misma, procederá la acreditación o no de las tareas en cuestión.
 #912286  por DiegoChaco
 
diegomp, aunque me acabo de desayunar que estoy al horno, muchas gracias por la data, siempre tan clara y precisa. Tengo un caso de monotrib social presentado hace 3 semanas, que presenté con el famoso form.09.001 (obvia/ no conocía la modific de la Prev 28-15, me la informaron esta sem en Anses). Ahora tengo el tram jubilat frenado por discrepancia en las fechas; y para peor, en mi caso hay 3 fechas diferentes de inicio de activ:
1- fecha de inicio del form 09.001: 28/08/2010
2- fecha de inicio del SIPA: 09/09/2010
3- fecha de inicio en AFIP: 11/2010
Como se va a resolver esto y cto puede demorar, no tengo la menor idea.
Así que tenes razón en que algunas cosas no cuestan nada hasta que cuestan...

no cuesta nada hasta que cueste, cuando a algun iluminado de computos se de cuenta que hubo una modificacion en julio la leera, o ya le leyo, y el falto de luces de iniciacion no entonces pide lo que no debe pedir, y la modificacion dice que sino coincide sipa con el formulario, los casos que he visto casi nunca coinciden aunque sea por unos dias, el expediente debe quedar a la espera que prestaciones activas resuelva la situacion.. ahora vos te arriesgarias a que prestaciones activas resuelva???? que va a resolver??? nadie sabe... cuanto va a tardar??? tampoco nadie sabe, entonces... es preferible hacerle entender al jefe de computos que se modifico y no que te aarre con un tramite en el medio, asi lo hice y despues de leer la normativa dijo, lo mando en consulta... no se que corno tenia que consultar porque esta clarisimo... que le contestaron??? lo que esta escrito que no es necesario.
A veces el no me cuesta nada te puede dar un dolor de cabeza, por ahi no, pero si te agarra con varios tramites en el medio te puede pasar....
 #912313  por arandu2
 
Por eso insisto en que primero hay que ir a consultar con el dato del formulario que se tiene del efector social y lo que tiene registrado ANSES. No se puede liquidar el sicam sin saber exactamente cuantos meses o años tiene de MT social. Ellos te pueden hacer la consulta sin iniciar el expediente.

Mi experiencia es que mas allá del formulario, me toman la fecha que tienen en el SIPA.
 #912328  por DiegoChaco
 
arandu2 escribió:Por eso insisto en que primero hay que ir a consultar con el dato del formulario que se tiene del efector social y lo que tiene registrado ANSES. No se puede liquidar el sicam sin saber exactamente cuantos meses o años tiene de MT social. Ellos te pueden hacer la consulta sin iniciar el expediente.

Mi experiencia es que mas allá del formulario, me toman la fecha que tienen en el SIPA.
Tenes razón, era mi primer caso de monotrib social y no sabía estos detalles.
Ahora, como se hace para mofdificar la sit de rev en el SICAM si fecha inicio del monotrib social sale 11/2010 y en el SIPA figura 09/2010.?
 #912336  por arandu2
 
Entiendo que no tendrás que modificar nada en situación de revista porque no se puede. La Udai debe agregarte ese mes que quedo fuera, adentro del computo ilustrativo.