Les dejo una consulta:
Inicié un daños en Capital Federal el día 18/05/2012,
Presenté las cédulas para dar traslado de demanda en el expediente el 13/11/2012, con un escrito en el que expuse que se acompañaban las mismas a efectos de dar traslado:
los demandados son dos, con domicilio en Pilar, por ende, los notifico mediante Cédulas ley 22.172,
También dejé cédula para la Cia aseguradora citada en garantía (domiciliada en capital).
Pregunto: a efectos de realizar actividad útil y así interrumpir el plazo para que no opere la caducidad de instancia, es suficiente con el escrito en el que digo que acompaño las cédulas o debo ingresar la cédula en la oficina de mandamientos y notificaciones de Pilar antes de que operen los 6 meses?
Otra consulta:
Si por cualquier motivo esas cédulas no se notifican y vuelven que el informe del oficial con resultado negativo, transcurridos los 6 meses opera la caducidad o igual interrumpí el plazo con la presentación de la misma?
Agradezco opiniones.
Saludos cordiales.
Nanchu
Inicié un daños en Capital Federal el día 18/05/2012,
Presenté las cédulas para dar traslado de demanda en el expediente el 13/11/2012, con un escrito en el que expuse que se acompañaban las mismas a efectos de dar traslado:
los demandados son dos, con domicilio en Pilar, por ende, los notifico mediante Cédulas ley 22.172,
También dejé cédula para la Cia aseguradora citada en garantía (domiciliada en capital).
Pregunto: a efectos de realizar actividad útil y así interrumpir el plazo para que no opere la caducidad de instancia, es suficiente con el escrito en el que digo que acompaño las cédulas o debo ingresar la cédula en la oficina de mandamientos y notificaciones de Pilar antes de que operen los 6 meses?
Otra consulta:
Si por cualquier motivo esas cédulas no se notifican y vuelven que el informe del oficial con resultado negativo, transcurridos los 6 meses opera la caducidad o igual interrumpí el plazo con la presentación de la misma?
Agradezco opiniones.
Saludos cordiales.
Nanchu
