Les hago una consulta, ya que esta es mi primera ejecución de sentencia.
El juzgado 7 aprobó liquidación de la forma abajo mencionada, Mi duda es la siguiente; se habla de un haber mensual bruto de 3487,50 al 30 septiembre de 2012 (fecha de corte de la liquidación), sin perjuicio de los aumentos generales que pudieran corresponder. Esto quiere decir que mi cliente va a tener un haber bruto de 3487,50 o hay q sumar algo mas ?
Cuales serian los aumentos generales que pudieran corresponder ? y desde que fecha serian ?
O los 3487,50 ya es el sueldo bruto definitivo q va a tener mi cliente ?
Ya estamos en etapa de ejecución cuanto mas demoraría en pagarse , si ya fue aprobada la liquidación ?
Sepan disculpar es mi primera sentencia . espero haber sido claro en mi pregunta. muchas gracias .
Corresponde aprobar en cuanto ha lugar por derecho la liquidación practicada, determinando como haber mensual bruto la suma de tres mil cuatrocientos ochenta y siete pesos con cincuenta centavos ($3.487,50), al 30.SEP.2012 (fecha de corte de la liquidación), sin perjuicio de los aumentos generales que pudieran corresponder con mas las sumas adeudadas en concepto de retroactivo de sesenta y cinco mil novecientos noventa pesos con veinte centavos ($65.990,20); todo ello resultante de la liquidación aprobada y en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada que aquí se ejecuta.
El juzgado 7 aprobó liquidación de la forma abajo mencionada, Mi duda es la siguiente; se habla de un haber mensual bruto de 3487,50 al 30 septiembre de 2012 (fecha de corte de la liquidación), sin perjuicio de los aumentos generales que pudieran corresponder. Esto quiere decir que mi cliente va a tener un haber bruto de 3487,50 o hay q sumar algo mas ?
Cuales serian los aumentos generales que pudieran corresponder ? y desde que fecha serian ?
O los 3487,50 ya es el sueldo bruto definitivo q va a tener mi cliente ?
Ya estamos en etapa de ejecución cuanto mas demoraría en pagarse , si ya fue aprobada la liquidación ?
Sepan disculpar es mi primera sentencia . espero haber sido claro en mi pregunta. muchas gracias .
Corresponde aprobar en cuanto ha lugar por derecho la liquidación practicada, determinando como haber mensual bruto la suma de tres mil cuatrocientos ochenta y siete pesos con cincuenta centavos ($3.487,50), al 30.SEP.2012 (fecha de corte de la liquidación), sin perjuicio de los aumentos generales que pudieran corresponder con mas las sumas adeudadas en concepto de retroactivo de sesenta y cinco mil novecientos noventa pesos con veinte centavos ($65.990,20); todo ello resultante de la liquidación aprobada y en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada que aquí se ejecuta.
