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  • honorarios declaratoria de herederos

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #373570  por matiasrav
 
mi consulta es la siguiente . cuanto puedo cobrar por una declaratoria de herederos . es decir, por la suseión hasta el auto que ordena la inscripcion, pero sin dicha inscripcion . desdes ya muchas gracias
 #375926  por gaston ramiro gonzalez
 
Estrictamente hablando, hasta la D.H se desarrollan dos tercios del proceso, por lo tanto sería un 66 y pico por ciento de lo que se cobraría por el total del sucesorio. Que cuanto se cobra una sucesión ? Ahí el tema es mucho más complicado y con miles de opiniones diversas. Para que les pueda dar mi opinión, me gustaría saber el valor de los bienes del acervo, si representan a la totalidad de los herederos, si la intención es firmar un convenio o solicitar regulación, ect. Todo esto, precisamente, porque mi postura básica sobre el tema es que cada situación particular amerita una solución del mismo tipo. Las escalas arancelarias, en las sucesiones, me parece que han perdido sentido como unidad única de medida. No es lo mismo un proceso dónde el acervo sea sólo un coche de $ 15.000 que una donde haya inmuebles por dos millones ( que hay más de las que uno se piensa, eh ! ). No les parece ? Saludos.
 #375959  por Pilusa
 
Gastón; muchas gracias por tu colaboración. En mi caso hay solo un inmueble ganancial con valuación fiscal de $40.000.- y pico. En realidad debe valer por lo menos $100.000.-, calculo.- ¿Cuánto cobrarías? Es para mi un dilema el tema del valor fiscal y el real. Tal vez haya que hacer un mix. Espero tu opinión. Saludos y gracias nuevamente.
 #375966  por gaston ramiro gonzalez
 
Vuelvo a las preguntas :
1) Vas a patrocinar a todos los herederos ?
2) Porqué sólo hasta la D.H ?
3)Hablaste con ellos ya el tema de honorarios ? Es una condicíon para que contraten tus servicios ? ( es decir, te pidieron un "presupuesto " o el trabajo ya lo tenés seguro ? )
4 ) Sucesión dónde ? El bien dónde ?
Saludos.
 #376489  por Pilusa
 
Gastón: Sí, voy a patrocinar a todos los herederos.- No se por qué lo hacen solo hasta la declaratoria; supngo que es un tema de plata.- No hablé de honorarios, qudé en sacar cuentas por honorarios y gastos aproximados y pasarles una suerte de presupuesto.- El bien està en la Pcia. de Bs.As. y la sucesión también tramita en Provincia de Bs.As.Entiendo que el tema honorarios es una condición para que me den la sucesión. Conclusión: no tengo el trabajo seguro.
Espero consejo.
Saludos y gracias.
 #376644  por leon2412
 
Estimado colega: si no tenes el trabajo seguro decile que vas a solicitar al juez que te regule el minimo legal que es del 6 % del valor del acervo en cuestión, ahora bien no le digas que una vez que se esté en condicciones de regularse los honorarios, vos en virtud de lo normado por el art. 27 inc. a del dec.ley 8.904/77 vas a dar tu estimación basada en la tasación de un martillero matriculado del valor real del inmueble y no te olvides de agregar a dicho valor un 10 % más comprensible de los muebles que tiene ese bien inmueble.
Ahora bien si ellos te dicen sobre que valor se tomara ese 6 %, preguntales que tenian en mente ellos, si estan apiolados y te dicen sobre el valor fiscal, tenes dos chances decirle está bien y luego hacer igualmente lo que te explique en el párrafo anterior o fastidiarte y laburar x el pancho y la coca.
Que haria yo? Depende. Pero por el valor fiscal en principio (salvo que aun así sea un dineral tremendo) ni loco hago una sucesión.
Atte. Leonardo Bellini (abog. de B.Bca.)
 #376662  por gaston ramiro gonzalez
 
Pilusa : yo trabajo sólo en Capital y por lo tanto te iba a aconsejar que esperaras la opinión de algún colega de Provincia, sobre todo por la cuestión de los gastos, aportes, etc, que sé es sustancialmente mayor es esa jurisdicción, y yo no manejo bien . Y justo te contestó el colega anterior, dándote un valioso punto de vista, que es bueno tengas en cuenta, sobre todo, porque te plantea alguna de las dificultades que uno afronta con este tema. Que valuación fiscal, que real, que si el cliente está avivado o no, ect, ect. Debe haber un montón de colegas que manejan esto de taquito y les sale siempre bien. Yo, en mi corta experiencia en la profesión, con respecto a las sucesiones, debo haber tenido la mala suerte de que me tocaron clientes " avivados " o al menos, que querían tener un número, aunque más no sea aproximado , de lo que les iba a costar. Por eso prefiero ofrecerles el convenio, todo clarito para ambas partes y evitar confusiones y enojos. En tu caso, si fuera acá en Capital ( recordar que en Provincia es otra cosa ), con un inmueble ganancial de 100 mil pesos y hasta la d.h, les cobraría 4 mil, y si está dentro de la escala o no, ect, no me importaría. A mí me sirve. Tomalo sólo como el consejo que me pediste. Saludos y éxito !
P.D : Par cualquier efecto, porqué no te asegurás que el valor real del bien sea ese ? Mirá que 100 lucas vale un dpto. de 1 amb. en cualquier barrio de Capital, eh !
 #377688  por Pilusa
 
Colegas: estoy muy agradecida con sus aportes a mi inquietud y el tiempo que se han tomado para hacerlos. Si bien siempre hago sucesiones, del mismo modo siempre se me suscita el "problema" de cómo cobrar, qué porcentaje, sobre qué valor,etc- La ley es tan amplia al respecto que a veces uno pierde los parámetros. Claro que me gustaría cobrar el 20% sobre la valuación real!!! -lo digo como uno de los extremos-, pero se me van a otro abogado!! Creo que haré un mix. Esto,claro está, vale para cualquier sucesión. Nuevamente muchas gracias por su generosidad. Un saludo.
Pilusa
 #407052  por alejandra01
 
bueno...yo pregunto lo mismo que consultó el primer forista...
Por ej...si no hay más bienes que una motito que vale $ 2500, o sea, casi nada para la regulación de honorarios...siendo que el trabajo practicamente es el mismo en todos los procedimientos...cuanto cobrar?. porque no siempre hay bienes de mucho valor...
Ej. un caso de salarios adeudados, o deudas de ART que deban pagarse a una concubina quizás por $ 1000, y que pidan la declaratoria para pagarlo.
Ya sé, van a decir,no vale la pena hacerla, porque cobra para pagarla...pero bueno...quizás hay bienes que no se nos dicen y aparecen después, o sigue el cliente con otro abogado después...entonces???-
En provincia de Bs.As. se tiene en cuenta el 10% de los bienes que exista.....y la verdad...me parece muyyyy poco... hay autos o motitos de poco valor, que para lograr su inscripción correcta haya que pasar por el sucesorio...No sé si me explico...cuanto cobrar solo por llegar a la declaratoria de herederos, quizás sin saber si hay bienes o quizás el cliente no quiere seguirlo por el momento, entonces trabajar para llegar solo a la declartoria. Cuánto cobrar???
 #913430  por garogo
 
Hola, no tengo muy en claro en donde hacer esta consulta por eso la estoy posteando aqui, pido disculpas si no es el lugar correcto.
Estoy por escriturar un inmueble, la abogada dijo que será la inscripción de declaratoria de herederos y se va a formalizar una venta por tracto abreviado.- el tema es que no se cual es el costo o porcentaje que se esta manejando actualmente en las escribanias,tenía entendido que era un 6% aproximado del valor fiscal del inmueble, puede ser?
En este caso es un terreno que se encuentra en la costa atlantica, en mar del tuyu y su valuacion fiscal ya hecha tambien la actualización del estado parcelario es de 50.000 pesos.
Podria alguien orientarme un poco e indicarme cuales son los porcentajes que se estan manejando a hoy noviembre 2012 para escriturar un terreno con estas caracteristicas?
Muchisimas Gracias.
Gabriel Rodrigo.
 #913482  por mp1977
 
Creo que este foro es para, orientarnos entre los colegas sobre cuestiones que hacen al ejercicio de nuestra profesión, no para asesorar a clientes que necesitan realizar un trabajo con abogado o escribano, si hay dudas con los honorarios a pagar a un escribano,abogado, etc, visite a varios, pague la consulta en cada uno de ellos y sabrá, si lo que le esta cobrando el profesional por una operacion inmobiliaria se ajusta o no a la realidad.-
Atte.-
 #913487  por garogo
 
Estimado mp1977 , entiendo perfectamente lo que dice, cosa que he realizado. consulte a dos escribanos y lo que tan solo quiero es poder estar m,as orientado con la realidad y como en oportunidades anteriores este foro a sabido guiarme y orientarme es que regresaba por su gran calidad en respuestas y asesoramiento. Saludos cordiales.
Es esta mi unica y ultima respuesta de este tipo ya que considero que este no es un foro para tratar preguntas y respuestas a este nivel, si no para debatir, difundir y asesorar a quienes lo necesitamos y quienes quieran hacerlo desde ya.
Muy buen fin de semana para todos
 #969820  por DrMartinezCarlosHF
 
Que tal estimados colegas, tengo una duda existencial. Mas o menos he leido las consultas anteriores y no me queda claro.
tengo una declaratoria sobre un terreno, ya que el inmueble está totalmente devaluado y desgastado y no vale nada, solo el terreno,
y en el cedulón la base imponible(valor fiscal) es de 250.000 pesos. Cuanto les puedo cobrar como maximo y como mínimo. Soy de Córdoba capital.
Represento a los 2 herederos, y quieren un tracto abreviado para vender, no quieren hacer el sucesorio. como cobro? Desde ya muchas gracias
por las respuestas.
saludo Atte.

Dr. Carlos Martínez.