Aclaro... aporto no porque me guste, sino porque me OBLIGA EL JUEZ en sus SENTENCIAS (doctrina pacifica).
y el 90% incia con BLSGY bueno, es lo que hay, tambien a quien se le ocurre hacer una ley de mediacion obligatoria (restriccion del derecho de acceder a la justicia) donde la remuneracion del mediador (el derecho a cobrar por el trabajo realizado) sale de los justiciables (hay que pagar para poder tener derecho a acceder a la justicia?) pero a la vez existe el BLSG para quien no puede pagar que lo exime de costas (osea que el mediador tiene que comerse trabajar obligado y gratis)
flux escribió:La ley de mediacion obligatoria tal como esta diagramada es una m... que contrapone el derecho a la gratuidad del acceso a la justicia con el derecho a percibir retribucion por el trabajo realizadoComparto la reflexion y agradezco la empatía. Buen finde!
Cuento mi experiencia: tengo 15 mediacion y NINGUNA fue a juicio. Algunas por acuerdo y otras porque desistieron, pero lo cierto es que con mi trabajo hubo 15 juicios menos. De los cuales solo cobre 5Si no ejecutas no te quejes
lucanor escribió:En Provincia de Buenos Aires no se aplica tasa activa para la actualización de honorarios art. 59 ley 8904, creo ???
lucanor escribió:En Provincia de Buenos Aires no se aplica tasa activa para la actualización de honorarios art. 59 ley 8904, creo ???claro,tasa activa
chiqui79 escribió:Comparto Flux, es cierto me pasa por no ejecutar. Pero muchas veces me pregunto a quien? a un insolvente? igual lo voy a tener que hacer, otra no me queda, pero no deja de ser incobrable porque lo ejecute. Lo ejecuto y congelo el monto de honorarios, y luego se actualiza a TASA PASIVA. mmmmmmmmmm, es mejor negocio no ejecutar que dejo honorarios en ius y no se desactualizan tanto, pero NO INICIAN LOS JUICIOS !!!! estoy en la misma.Tasa activa.
les comento que en varias oportunidades he planteado el tema honorarios, sobre todo en algunas mediaciones que usé como "prueba piloto" para ver que pasaba. En esas los abogados le aconsejaron al cliente delante mio no pagar por cuanto no surgia claramente en la reglamentacion (cosa que compartimos, surge, pero no CLARAMENTE) que debieran hacerlo. Yo les anticipé que aceptaba pagos voluntarios a cuenta y que si veia esa buena predisposicion no iba a ejecutar. A vos te pagaron? a mi tampoco, jejejeje.
En otras oportunidades intenté por la posibilidad del importe mínimo y luego al final del proceso el resto, algunos pagaron el mínimo de 2 ius, pero fueron pocos.
Con respecto a retener el acta... aca se quejaron porque hubo utilizacion de "tecnicas" que a las partes no les agradaron o los hicieron sentir incomodo y con motivo de ello denunciaron al mediador. No crees que si tomo una actitud así tambien me denunciarian ?
Es un lio colegas, para todos los que estamos involucrados en esto. Justiciables y trabajadores.
Saludos.