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  • DUDA SOBRE HONORARIOS

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #906594  por yamil79
 
Estimados...
Estoy terminando una sucesión y se viene la parte más deseada por todos nosotros: los honorarios.
Pues bien. Resulta que siempre los sucesorios que llevé fueron familiares o de gente apreciada, con lo cual, a la hora de la regulación tomé la valuación fiscal (con lo magro que resulta la elección, claro está).
En este caso en particular, quisiera darle un "giro" a la cuestión y tomar como parámetro la vualuación real de mercado al momento de practicar la regulación. Siempre hablando de Capital Federal.
Mis interrogantes son:

1) necesariamente hay que solicitar perito tasador al efecto o con una tasación de una inmobiliaria debidamente reconocida y con trayectoria es suficiente??
2) Al momento del oblado de la tasa de justicia se utilizó la real. Siendo que la regulación voy a pedir que se regule sobre la real ¿me tirarán de la oreja y me querrán hacer integrar la diferencia? (al son de "¿te haces el vivo para pagar menos tasa de la que te corresponde y queres cobrar fortuna de honorario?? ah nooo miiijo, vaya y pague real si quiere regulación real!).

Les agradecería a los que derrochan experiencia en estos menesteres me iluminen con su sabiduría. Al que prefiera, puede mandarme un mail o un mensaje privado para comentarme. Gracias!

De yapa, si hay algún penalista amigo, me gustaría ser iluminado en otras cuestiones emparentadas con el derecho de familia, como ser "incumplimiento de deberes de asistencia" y el legendario añejo hit "insolvencia fraudulenta". Saludos!
 #906642  por ale532
 
1) Con la tasación de inmobiliaria no deberían hacerte problema, pero vas a tener que presentar (en el momento o después) la conformidad de los herederos.

2) Creo que quisiste decir que se utilizó la "val. fiscal"... y sí, lógicamente te van a exigir que integres la diferencia.


*suerte*
 #919934  por XIME
 
ALGUIEN ME PODRIA DECIR CUANTO APROXIMADAMENTE DEBERIA COBRAR POR INICIAR ACCION REIVINDICATORIA??
EL CODIGO ARANCELARIO DE MI PCIA, NO ES MUY CLARO POR ESO QUERIA UNA OPINION.
MUCHAS GRACIAS