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 #91744  por nancy1978
 
Hola mi nombre es Nancy Molina ,mi pregunta es : tengo un contrato por 24 meses desde agosto del 2006 a agosto del 2008 ,el contrato dice que es por $400. en julio del 2007 me aumento a $500 que se los pague ,ahora el 18 de diciembre del 2007 me pide QUE apartir de enero pague 700 hasta la fecha de finalizacion del contrato ,el tema es que yo no lo puedo pagar como tengo que hacer ?ya que mi contrato TODAVIA NO FINALIZO Y hay una clausula que dice: SI LAS LEYES PERMITIERAN DURANTE EL TERMINO DE VIGENCIA DEL CONTRATO ACTUALIZAR ,INDEXAR O REPOTENCIAR EL PREcIO DE LA LOCACION ,EL VALOR DE LA LOCACION SE ACTUALIZARA POR EL INDICE DE COSTO DE VIDA,COEFICIENTE DE ESTABILIZACION DE REFERENCIA O EL QUE LO REEMPLACE.
Mi pregunta es :esto es valido? ella puede aumentarme cuando quiera sin que este registrado el importe en mi contrato? o esa, ley está vigente,o no?.
por favor agradeceria su respuesta ,no se bien que hacer??
desde ya muchas gracias.
lo saluda atentamente .
Nancy Molina.

 #92016  por MORGAN
 
No entendi bien habria que ver que dice el contrato si no establece aumentos escalonados, que pese a estar prohibidos los jueces hacen lugar
igual, no tenes que pagarle ningun aumento, de todas maneras si crees que es justo recomponer con el locador sentate o parate a charlar.

 #92066  por Sailaw
 
Todo depende de que continuidad queres tener en esa locación, si bien la ley dice que no se puede, con seguridad al vencimiento contractual te van a pedir que te vaya si no vas recomponiendo.

Es evidente que los precios se dispararon desde hace ya algún tiempo, y el locador si alquilara ahora tendría con seguridad más que el precio locativo que te pide, conversalo, hablá, claro que eso depende de tu propio interes.

Pensá que si salis a alquilar nuevamente, los precios son muy superiores.
 #92073  por nancy1978
 
Sailaw escribió:Todo depende de que continuidad queres tener en esa locación, si bien la ley dice que no se puede, con seguridad al vencimiento contractual te van a pedir que te vaya si no vas recomponiendo.

Es evidente que los precios se dispararon desde hace ya algún tiempo, y el locador si alquilara ahora tendría con seguridad más que el precio locativo que te pide, conversalo, hablá, claro que eso depende de tu propio interes.

Pensá que si salis a alquilar nuevamente, los precios son muy superiores.
TE CUENTO QUE YO NO QUIERO SABER MAS NADA CON ESTE DEPTO Y SU DUEÑA ES UNA MUY MALA PERSONA MUY POCO CONSIDERADA ,POR ESO QUIERO SABER SI ESO ES LEGAL O SI YO ME PUEDO QUEDAR HASTA FINALIZAR EL CONTRATO PAGANDOLE LO MISMO? SI ESTOY EN MI DERECHO? NO ME GUSTA HACER LAS COSAS MAL,BIEN SABESMOS QUE HAY GENTE QUE SE QUEDA SIN PAGUAR Y LES LLEVA AÑOS SACARLAS,,,,YO NO QUIERO ESO ,SOLO QUIERO SABER SI YO NO LE PAGO LO QUE ELLA ME PIDE? ME PUEDE HACER ALGO ? O COMO ESA CALUSULA NO ES LEGAL NO ME PUEDE HACER NADA???
GRACIAS OTRA VEZ.

 #92074  por MORGAN
 
Si te queres ir al finalizar el contrato o antes paga solo lo que establece el contrato

 #92075  por MORGAN
 
Si te puede hacer algo si supongo que insultarte

 #92098  por nancy1978
 
"MORGAN"] AUMENTOS ESCALONADOS ,QUIERE DECIR QUE FIGURE EL IMPORTE EN EL CONTRATO?POR EJ: 1 AÑO $$....,2 AÑO $$.....PORQUE EL MIO NO DICE ESO SOLO DICE ESTO:
SI LAS LEYES PERMITIERAN DURANTE EL TERMINO DE VIGENCIA DEL CONTRATO ,ACTUALIZAR,INDEXAR O REPOTENCIAR EL PRECIO DE LA LOCACION EL VALOR DE LA LOCACION SE ACTUALIZARA POR EL INDICE DE COSTO DE VIDA, COEFICIENTE DE ESTABILIDAD DE REFERENCIA ,O EL QUE LO REEMPLACE. PARA EL CASO DE INEXISTENCIA DE INDICES ,EL ALQUILER SE REPOTENCIARA:a)CON EL SISTEMA QUE UTILICEN LOS TRIBUNALES ORDINARIOS DE CAP. FED.,b)CON EL INDICE QUE DETERMINE LA LOCADORA ,ACORDE A USOS,COSTUMBRES Y VARIACIONES DEL MERCADO DE ALQUILERES ,c)CADA FINALIZACION DE PERIODO DE 6 MESES LAS PARTES DEBERAN FIJAR EL VALOR QUE REGIRA A LOS 6 MESES SIGUIENTES Y ASI SUCESIVAMENTE HASTA LA FINALIZACION DEL CONTRATO DICHO AJUSTE DEBERA SER ACORDE CON LOS VALORES DEL MERCADO QUE RIJAN EN ESE MOMENTO ,FIJANDO COMO BASE DE CADA PERIODO EL MONTO DEL PERIODO ANTERIOR ,PARA EL CASO DE NO MEDIAR ACUERDO POR LOS PERIODOS SUCESIVOS DE LAS PARTES PODRA RESCINDIR EL PRESENTE CONTRATO, NO DEBIENDO INDEMNIZACION ALGUNA A LA OTRA DEBIENDO LA LOCATARIA REINTEGRAR LO ARRENDADO DENTRO DE LOS TREINTA DIAS SUBSIGUIENTES AL PERIODO VENCIDO,ABONANDO EL PERIODO DE ALQUILER PAGADO HASTA ESE MOMENTO. EN CUALQUIERA DE LOS SUPUESTOS a),b),c),la LA OPCION SERA ELEGIDA UNICA Y EXCLUSIVAMENTE POR LA LOCADORA. .
ME PODES EXPLICAR UN POCO ESO??? LE PAGO O NO ??LE PAGO 500 ? O $400 QUE ES LO QUE DICE EL CONTRATO? PORQUE YO HACE 5 MESES LE EMPECE A PAGAR 500, VOS DECES QUE ELLA LEGALMENTE NO ME PUEDE HACER NADA?? LE DESCUENTO LOS 100 QUE LE DI DE MAS ??YA QUE EL CONTRATO DICE 400 Y YO LE DI 500 ??
MIRA MORGAN,YO NO QUERIA QUILOMBO PERO ESTA MUJER NO TEDAS UNA IDEA LO QUE ME PUTEO CUANDO LE DIJE QUE NO PODIA PAGAR MAS ,Y ME ISO SENTIR MUY MAL ,ENTONCES AHORA NO QUIERO SER MAS BUENA Y VOY A HACER LO QUE CORRESPONDE ,ELLA ME PUEDE HECHAR ANTES DE QUE FINALICE EL CONTRATO? SI YO NO LE QUIERO PAGAR EL AUMENTO?
O ME TIENE QUE PAGAR ALGO SI QUIERE QUE ME VALLA? .
BUENO TE AGRADESCO ,Y PERDON POR TODAS MIS PREGUNTAS.
NANCY

 #92156  por DAL
 
La clausula es correctisima:

La clave es esta: SI LAS LEYES PERMITIERAN . . .

HOy las leyes NO PERMITEN el aumento del valor vigente el contrato.
Con buen tino, todos los inquilinos van aumentando progresivamente cuando les interesa quedarse.
Pero si no les interesa . . . listo!!! letra del contrato a muerte!!!!
De ahora en más si querés le pagas 400 solos. El tema es que si no te los quiere recibir SI O SI vas a tener que gastar en un abogado y depositar judicialmente el alquiler.

La ley que no permite la indexación es la de convertibilidad que esta vigente solo en este aspecto.
YO tambien incluyo estas clausulas exactamente diciendo SI LAS LEYES LO PERMITIERAN porque durante el contrato la ley de convertibilidad se puede derogar, entonces actualizaría. Pero si no no esta permitido.

Obvio que por acuerdo lo hacemos.
El aumento, se lo diste por escrito.

Es un mal asesoramiento aumentar el precio del canon locativo durante la vigencia del contrato, ya que se puede quedar sin garantías por haber novación.
Es para pensarlo.

Lo más correcto para mí son los alquileres escalonados.

 #92157  por MORGAN
 
Las leyes no permiten el aumento escalonado, eso es un engendro que se invento y se hace constar en los contratos y que los jueces hacen lugar en tu caso por lo que lei no tenes obligacion de abonar mas de lo pactado. Pero puede que se te genere una relacion tirante con la locadora y no te reciba los pagos y tengas que mandar carta documento y despues hacer un juicio por consignacion

 #92218  por mauricio198308
 
Es necesario aclarar algo.
La cláusula es ilegal porque la ley de convertibilidad prohibe las cláusulas indexatorias.
También carece de valor el hecho de que en el transcurso del contrato se derogue la parte de la ley de convertibilidad que establece esto, ya que las leyes son solo a futuro, asi que tampoco tendría valor en el hipotetico caso de que ocurra lo que dije antes.
Si vos no queres seguir alquilando luego de que venza el contrato, no pagues más de lo que dice en él.

Slds!
Mauricio

 #92226  por Sailaw
 
Mauricio ubicadisimo!!!!!!!!!!