Buen dia.. Les comento que no encontre nada en el foro que pueda ayudarme y seguramente alguien podria responder a mi duda para con un cliente. Resulta que es propietario de un inmueble locado en planta baja, son dos departamentos, y hace 4 meses se presento una perdida de agua en las cañerias del departamento superior, con lo cual se trato de notificarle al propietario el problema en cuestion y resulta que es un departamento tambien alquilado y su locador no es el titular , sino que es uno de los herederos, en virtud de ello logramos localizar su domicilio enviando CD la cual fue contestada con la conocida improcedencia y maliciosa, ya que alude que el problema ya estaba solucionado y que lo demandado ya no era su problema. Ahora mi pregunta es que hacer con los daños de mamposteria ocasionados a mi cliente, ya que en este momento aquel sujeto ya no recibe mas las CD posteriores en las cuales se solicitan dichas reparaciones y teniendo en cuenta que no es el titular ni unico heredero no se si continuar demandando al locador como unico responsable, es decir, ¿es procedente una demanda a uno de los herederos solo por el hecho de que es quien se configura como locador del bien ? ¿ Cual seria la via mas segura para no caer en la nulidad de la misma? , cabe acotar que las reparaciones fueron ya evaluadas y supera los $20000, por lo cual no es poco para dejarlo en la nada y no darle respuesta a mi cliente.
Gracias.
Gracias.

