Bueno paso a explicar: contrato de locación de deposito y oficinas administrativas. Que se hicieron x separado de un mismo inmueble. (Primero). Se iba a firmar un anexo con las reformas que debia hacer el locatario el cual nunca se firmo pq se dijo q se alcanzaba despues y el escribano (q tiene x cliente a una de las partes) dejo establecido como ultimo parrafo en el contrato, que exitia un detalle de obras a ejecutar , pero DICE Q NO PUEDE HACERLE CUMPLIR EL ANEXO PQ NO ESTA FIRMADO!!!!!!!!!!!!! (segundo). El locador viene a mi, le hice una carta docuemnto incorporando el anexo, q es todo lo que tiene q cumplir. pero el locador, primero quiere hacer un acta de constatacion con un escribano, pq el inmueble se viene abajo, y despues intimar. no se COMO LO VEN?????
Art. 1.507 En la locación de casas, departamentos o piezas destinadas a la habitación, comercio o industria,...
El beneficio del plazo legal que se establece en el primer apartado de este artículo a favor del locatario, cesará por las siguientes causas:... 4°. Ejecución de obras destinadas a aumentar la capacidad locativa de la propiedad o mejora de la misma que importe por lo menos un 10% del valor asignado al inmueble para el pago de la contribución directa.
Si producido el desalojo la reedificación o mejora no se efectuase, el propietario deberá al inquilino desalojado una indemnización equivalente al valor de los alquileres por el tiempo de ocupación de que ha sido privado. En los casos de los incisos 1° y 2°, el locatario tendrá diez días para el desalojo; en los casos de los incisos 3° y 4°, este plazo podrá ampliarse hasta cuarenta días.
Estos términos serán contados desde aquel en que se le intime el desahucio por el juez competente para conocer de la demanda. Pero cuando el locatario demandado en virtud de lo dispuesto por los incisos 1º y 3º, fuere sublocador, los subinquilinos tendrán un plazo de noventa días para el desalojo, contados del mismo modo.
