cinsabrimar escribió: 1) le paso el link de la página del gobierno de la provincia de bs as http://www.prensa.gba.gob.ar/nota.php?idnoticia=258811) esa ley aun no se encuentra vigente, no ha sido publicada
2)Bueno, parece que fin de año puso a todos suceptiblres, agravio a la postura en general. Las estadísticas las baso en mi trabajo diario, en las consultas que me llegan. Ejerzo en civil y laboral, A nivel civil y me canso de entablar negociaciones con colegas quizas similares a Ud. los cuales al momento de ofrecer un plan de pagos extrajudicial, para satisfacer los derechos del acreedor y preservar la vivienda única de mis clientes, presentan LIQUIDACIONES INFLADAS (no me puede negar esto, porque sino el ingenuo sería ud. y no yo) alegando que "TOTAL, YA TENGO LA PROPIEDAD EMBARGADA"... actitud aborrecible de por más. Parece que varios colegas se asustan por esta ley,no por sus clientes, sino porque van a tener que empezar a cobrar los honorarios como corresponde, y hacer la competencia entre nosotros un poco más justa, y no esperar a terminar el juicio para ejecutar los mismos (total como no cobro al principio, los clientes vienen a mí y no al otro colega que quiere cobrar según el juicio y la ley de honorarios antes de empezar, y el cliente tienen propiedad a su nombre no?).
Creo que mas que yo ser la ingenua, el "ingenuo" es ud., como si no fuera vox populi, el actuar de LA LIGA, en la provincia de bs as, y el mecanismo, que cualquier martillero público le puede explicar gentilmente, de los remates de propiedades, donde una vez cubierto el monto del embargo y los gastos, el remate se corta, coartando la posibilidad que el ejecutado pueda al menos recibir un sobrante del mismo.... No veo porque la ley sería peor de lo que es, si permite a aquellas familias, con riesgo de quedar completamente en la calle, puedan poner a resguardo sus viviendas de los ataques de los acreedores (no niego los derechos de ellos, pero el derecho del deudor a no ser perjuidicado excesivamente, se encuentra en los códigos, no lo invento yo)
A nivel laboral, veo que los que siempre estan insolventados, tienen varias propiedades a nombre de empresas fantasmas, autos a nombres de sociedades anónimas (cuyos socios son empleados de limpieza), y otros tantos. Esos son los verdaderos garcas.-
En fin, espero haber sido un poco "mas clara". Igualmente NO es mi intención que todos piensen igual que yo. Usted es ud y yo soy yo! (Diria el poeta contemporaneo Iorio), asique imposible que se llegue a un entendimiento entre posturas antagónicas![]()
Despues nos quejamos de como esta la sociedad, pero los abogados nos cansamos de rematar casas de familia y dejar a las mismas en la calle no?
2) el fin de año no me puso de ninguna manera, ud me agravió a mi, lea lo que escribió: “PATETICA,tu actitud...” . Ergo, no es cierto que ud. se hubiera dirigido en esos terminos a “una postura en general”
3) Ud además prejuzga al decirme que negocia con colegas “similares a ud.” que “ofrecen planes de pago inflados” ... cómo afirma eso si ud. no me conoce???
4) No me asusta la ley, sino que no me parece que so pretexto de tratar de erradicar el accionar de la liga (comparto que debe ser erradicada), se conculquen derechos de las partes.. creo que existen otras formas poniendo el rigor de la ley sobre quienes actúan al margen de la misma.
5) A mi humilde entender ud. parte de una premisa errónea por generalización: Ud se piensa que todo acreedor es parte fuerte de la relación y que si no puede cobrar ningún perjuicio causa. Ud limita su análisis al sistema financiero. Ud olvida un universo de acreedores que verían conculcado su derecho de propiedad al no poder percibir su acreencia reconocida judicialmente.
6) Honorarios??? No se a que viene.
7) Ud. prejuzga dándole carácter de verdad absoluta a su pensamiento basado en “su experiencia personal” y al afirmar que colegas como yo nos asustamos. Le aclaro que no represento a ningún banco, entidad financiera, ni nada por el estilo, tengo clientes particulares, algunos deudores otros acreedores.
9) Ud. no lleva su análisis a evaluar los perjuicios que le pudiera causar la incobrabilidad a un acreedor, se limita a una parte. Hay acreedores y acreedores, téngalo presente.
En cuanto a su reflexión final dando a entender que por letrados como yo “está asi la sociedad”, afirmando que canso de rematar casas de familia, nuevamente prejuzga....
UD. NO ME CONOCE, NO SABE QUIEN SOY, SIQUIERA SABE SI EJERZO O NO LA PROFESION!!!!!!!
Ud. parece tener el juicio fácil hacia los demás (claro, según su “experiencia personal”, no?)....
Fin para mi,
Que tenga buen año.
Soy toro en mi rodeo.... y torazo en rodeo ajeno!!!!
