Hola ex-jefe.
Entiendo que lo que vos transcribís se refiere a personas que se van a jubilar como DOCENTES de acuerdo a la 24016 y por lo tanto cobrarán el 82 % del sueldo.
No es ése el caso planteado por Marcos123 en que se jubilará con la 24241, sin el Suplemento Docente Dto. 137/2005. He utililzado el prorrateo 57/25 para estos casos.
Saludos y FELIZ AÑO
Entiendo que lo que vos transcribís se refiere a personas que se van a jubilar como DOCENTES de acuerdo a la 24016 y por lo tanto cobrarán el 82 % del sueldo.
No es ése el caso planteado por Marcos123 en que se jubilará con la 24241, sin el Suplemento Docente Dto. 137/2005. He utililzado el prorrateo 57/25 para estos casos.
Saludos y FELIZ AÑO