HOla Gentes!! cómo andan?
Les comento mi situación. Me designaron del patrocinio gratuito de San Martín un caso de filiación y alimentos.
La demanda ya está iniciada y ya obtuvimos una audiencia en la que se ordenó solicitar turno para hacer el estudio del ADN.
En el medio me recomienda, una colega, iniciar el Beneficio de litigar sin gastos.
Cuando voy preparando el beneficio, leyendo en la ley 5177, leo unos artículos, que, interpreto yo, tal vez me eximan de iniciar el beneficio y presentando la designación del consultorio que se supone declara la pobreza de la actora, con eso alcance para eximir del pago de sellados y demás.
¿puede ser esto así o tengo que iniciar el BLG de todas formas adjuntando el nombramiento?
Desde ya.. muchas gracias!!!
Les comento mi situación. Me designaron del patrocinio gratuito de San Martín un caso de filiación y alimentos.
La demanda ya está iniciada y ya obtuvimos una audiencia en la que se ordenó solicitar turno para hacer el estudio del ADN.
En el medio me recomienda, una colega, iniciar el Beneficio de litigar sin gastos.
Cuando voy preparando el beneficio, leyendo en la ley 5177, leo unos artículos, que, interpreto yo, tal vez me eximan de iniciar el beneficio y presentando la designación del consultorio que se supone declara la pobreza de la actora, con eso alcance para eximir del pago de sellados y demás.
¿puede ser esto así o tengo que iniciar el BLG de todas formas adjuntando el nombramiento?
Desde ya.. muchas gracias!!!
"La práctica hace al maestro"