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  • PRESCRIPCION ART - NUEVA LEY

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #931871  por dramlr
 
Hola colegas! estoy dando mis primeros pasos en el derecho laboral y necesito me ayuden ante todo muchas gracias!
Tengo 2 consultas:
1°a findes de octubre de 2012 una persona va a su trabajo y se cae en la calle piensa que no le paso nada sigue caminando a su trabajo cuando lleva va al medico de su trabajo y le dice no es nada, 2 días despues no aguanta mas y va a una guardia y la terminan operando por su obra social. Avisa en su trabajo hacen denuncia en art la art la revisa le da kinesioterapia y le da el alta para que siga tratandose por la obra social. En la obra social no le dicen si le quedo incapacidad y la art ausente. En la actualidad esta terminando la kinesioterapia y camina con canadienses y el medico que la opero que es conocido del medico del trabajo quiere que empieze a trabajar a fines de febrero!.

La pregunta es el accidente paso luego de la promulgación de la nueva ley de riesgos de trabajo, igualmente para iniciar el reclamo, como todavia no esta reglamentada tengo que iniciar seclo y si ahi no tengo suerte demanda en fuero laboral no???

2° Por otro lado me llego una consulta de una chica que tenia otro abogado y desaparecio y no le hizo juicio y me parece que esta prescripto me ayudan con las fechas y la jurisprudencia que se que es diversa en el tema desde cuando se comienza a contar el plazo?
accidente 19-2-09, estuvo con distintas operaciones y tratamientos hasta que le dan el alta en mayo del 2011. El anterior colega inicia conciliacion en en septiempre y finaliza en noviembre de 2011.
La pregunta es el plazo lo cuento desde que la art le da el alta o desde el accidente? El proceso de conciliación suspende o interrupe la prescripción?

Bueno ojala me puedan dar una mano!! gracias nuevamente!!!
 #931968  por DiegoAle
 
A la 1° que se reglamente o no la ley 26773 no importa para su aplicación.
Si tú cliente no está en condiciones para volver a trabajar pero su médico está a favor de la patronal que cambie por un médico de su confianza.
Respecto a la ley 26773 yo soy de la opinión que sólo suma más planteos de inconstitucionalidades.
A la 2° la CSJN ha dicho que el SECLO interrumpe conforme el 257 de la LCT aunque todavía varias salas de la CNAT siguen su el plenario.
Igualmente con la postura que sería desde el accidente, al momento del SECLO estaba prescripta y no habría nada que interrumpir o suspender.
Pero la prescripción se cuenta desde la consolidación del daño, y sin conocer detalles de tú caso digamos desde el alta y, con la interrumpción del SECLO, entonces contados desde noviembre de 2011.
Yo la iniciaría ya.
Saludos.