Colegas, tengo un caso y varios interrogantes, a ver quien puede ayudarme y darme una mano con esto. Mi clienta, estaba realizando un juicio por daños y perjuicios, por un accidente de transito que tuvo. Lo comenzo en el 2006...pero la abogada que la patrocinaba, se durmio en los laureles, y por inactividad la parte demandante pide la caducidad. Tanto en 1° como en 2°confirman la caducidad. Faltaban producirse varias pruebas que habian quedado pendientes, mi pregunta es, esto ya no puedo volver a reiniciarlo no? la caducidad no interrumpe la prescripcion no?. Sin contar la mala praxis profesional desde ya que eso si es otra historia, pero ese juicio ya esta perdido no?. Gracias y espero alguien pueda ayudarme!!
Si la caducidad ya está confirmada en 2º instancia, no podés continuar con el proceso.
Con respecto a tu pregunta la caducidad no interrumpe la prescripcion no?, no entiendo a qué apuntás... La prescripción se interrumpe por otras causales totalmente distintas; y una vez decretada la caducidad, ya no podés continuar el proceso... además, en todo caso no es importante si operó o no la prescripción, ya que el proceso ya estaba iniciado.