Les cuento brevemente por qué pregunto esto.
Ayer tuve la 1º conciliación con la empresa en la que aún trabajo en algo que nada que ver con lo profesional (como recién tuve la matrícula el año pasado hasta hacer algo tuve que seguir trabajando ahì). El caso es que basándose en un CCT horrendo, la empresa paga los aguinaldos sobre un promedio de las remuneraciones y no sobre lo que marca la ley 23041, lo que redunda en que el SAC que cobra el laburante sea menor de lo que corresponde.
A causa de ello, hoy esta empresa me debe algo más de $7000 en dicho concepto. Casi antes de empezar la discusión la representante de la empresa me pone en claro que no me pagarían ese dinero, y mucho menos si pretendo cobrar honorarios (aclaro que como es una causa propia soy mi propio abogado).
Antes de cerrar la discusión, el mediador propone un laudo. No sería un acuerdo, con lo cual la empresa no sienta un antecedente para que otros reclamen por lo mismo, se evitaría ir a juicio donde sin duda el juez me daría la razón ya que no reclamo otra cosa que lo que marca la legislación, y yo cobraría “algo”. Què significa “Algo”? por supuesto, no la totalidad de lo que reclamo que no deja de ser en concepto de sueldos impagos, sino una parte, un 40% màs o menos. Tenemos una 2º conciliación antes de fin de mes y en esos términos seguro vamos a juicio.
Ahí digo, si acepto, se evita el juicio, los profesionales que intervenimos cobran/mos honorarios como corresponde, la empresa sortea un problema con un trabajador y todo a costa de que el que reclama resigne dinero de sueldos. Y por qué el empleador podría no resignar nada y pagar lo que debe y encima evitarse un antecedente que le podría resultar negativo? Y el principio de irrenunciabilidad de los derechos laborales? Y el principio protectorio y la intangibilidad de los salarios, no se ponen en tela de juicio en situaciones como esta? En estos términos, el Seclo ayuda a que una situación se ajuste a derecho?
Nada, es una opinión nada más y si la comparto, es porque me interesaría enormemente conocer la suya, seguramente me equivoque en la apreciación.
Salú!
Ayer tuve la 1º conciliación con la empresa en la que aún trabajo en algo que nada que ver con lo profesional (como recién tuve la matrícula el año pasado hasta hacer algo tuve que seguir trabajando ahì). El caso es que basándose en un CCT horrendo, la empresa paga los aguinaldos sobre un promedio de las remuneraciones y no sobre lo que marca la ley 23041, lo que redunda en que el SAC que cobra el laburante sea menor de lo que corresponde.
A causa de ello, hoy esta empresa me debe algo más de $7000 en dicho concepto. Casi antes de empezar la discusión la representante de la empresa me pone en claro que no me pagarían ese dinero, y mucho menos si pretendo cobrar honorarios (aclaro que como es una causa propia soy mi propio abogado).
Antes de cerrar la discusión, el mediador propone un laudo. No sería un acuerdo, con lo cual la empresa no sienta un antecedente para que otros reclamen por lo mismo, se evitaría ir a juicio donde sin duda el juez me daría la razón ya que no reclamo otra cosa que lo que marca la legislación, y yo cobraría “algo”. Què significa “Algo”? por supuesto, no la totalidad de lo que reclamo que no deja de ser en concepto de sueldos impagos, sino una parte, un 40% màs o menos. Tenemos una 2º conciliación antes de fin de mes y en esos términos seguro vamos a juicio.
Ahí digo, si acepto, se evita el juicio, los profesionales que intervenimos cobran/mos honorarios como corresponde, la empresa sortea un problema con un trabajador y todo a costa de que el que reclama resigne dinero de sueldos. Y por qué el empleador podría no resignar nada y pagar lo que debe y encima evitarse un antecedente que le podría resultar negativo? Y el principio de irrenunciabilidad de los derechos laborales? Y el principio protectorio y la intangibilidad de los salarios, no se ponen en tela de juicio en situaciones como esta? En estos términos, el Seclo ayuda a que una situación se ajuste a derecho?
Nada, es una opinión nada más y si la comparto, es porque me interesaría enormemente conocer la suya, seguramente me equivoque en la apreciación.
Salú!