Colegas: me vino a ver un cliente por un accidente laboral.
Accidente en septiembre de 2010. SECLO por arreglo contra la empresa en mayo de 2011, en donde el trabajador desistió de reclamar por el accidente laboral contra la misma. Obvio, que eso que para arreglar el tema de la desvinculación.
Es válido ese desistimiento firmado en el seclo?? O entraría en la irrenunciabilidad de derechos que establece la ley de contrato e trabajo?
Aclaro que a mi cliente la ART le abonó mediante depósito judicial en septiembre de 2011.
Espero sus opiniones!! Gracias!
Accidente en septiembre de 2010. SECLO por arreglo contra la empresa en mayo de 2011, en donde el trabajador desistió de reclamar por el accidente laboral contra la misma. Obvio, que eso que para arreglar el tema de la desvinculación.
Es válido ese desistimiento firmado en el seclo?? O entraría en la irrenunciabilidad de derechos que establece la ley de contrato e trabajo?
Aclaro que a mi cliente la ART le abonó mediante depósito judicial en septiembre de 2011.
Espero sus opiniones!! Gracias!