Buenas tardes, Por la presente deseo saber si efectivamente existiendo en una medida cautelar honorarios impagos, y ante la presentacion de quiebra de la parte quien debe afrontar dichos emolumentos mediante un nuevo proceso comercial de quiebra
1-debe efectivamente hacerse saber al sindicto interviniente quien es el obligado al pago de los emolumentos
2 en caso de no haberse regulado los honorarios en la medida cautelar, es el juez de la quiebra quien debe regularlos
Espero sus apreciaciones colegas, gracias.
1-debe efectivamente hacerse saber al sindicto interviniente quien es el obligado al pago de los emolumentos
2 en caso de no haberse regulado los honorarios en la medida cautelar, es el juez de la quiebra quien debe regularlos
Espero sus apreciaciones colegas, gracias.
