Estimados colegas,
Les comento que soy un joven abogado y quería apelar a vuestro conocimiento y experiencia, debido a que inicié una demanda por un despido - que se produjo en Mayo de 2012, la demanda ya ha sido notificada- y en la misma omití aludir a la indemnización prevista en el Art. 80 de la LCT, la pregunta es:
¿Existe la posibilidad de incluir en la demanda las multas previstas en el mencionado artículo?, en su caso: ¿Como podría hacerlo?
Desde ya muchas gracias por su colaboración y asistencia.
Les comento que soy un joven abogado y quería apelar a vuestro conocimiento y experiencia, debido a que inicié una demanda por un despido - que se produjo en Mayo de 2012, la demanda ya ha sido notificada- y en la misma omití aludir a la indemnización prevista en el Art. 80 de la LCT, la pregunta es:
¿Existe la posibilidad de incluir en la demanda las multas previstas en el mencionado artículo?, en su caso: ¿Como podría hacerlo?
Desde ya muchas gracias por su colaboración y asistencia.