Buen día. Me acerco a ustedes porque tengo una consulta e intuyo que mi abogado posee poca experiencia y no queria confrontarlo directamente ni tampoco dejar de llevar el caso con el porque si esta en lo cierto seria un forro.
En fin: Resulta que soy vigilador, entre a trabajar el 16 de noviembre y estoy en blanco, mi objetivo está para otra empresa que vende gas envasado. Cuando me contratan me explican que aparte de hacer de seguridad voy a tener que hacer de portero y vender su producto tal como si fuera un empleado de comercio pero en negro por un pago simbolico de 150 pesos quedando constancia de ello en el libro de actas que labro. Por lo tanto me toca hacer trabajos de fuerza tales como mover garrafas. El asunto es que me lesioné, ya que no contaba con los elementos de proteccion y me dio una lumbalgia. Esto me dejó en manos de la ART que me asegura a traves de la empresa de vigilancia. Las primeras molestias fueron declaradas al 25 de enero de este año cuando formalize la denuncia a la ART, concurrí al medico el 8 de febrero y formalizé la denuncia en la ART el domingo 10 del mismo mes. Hasta acá las cosas van mas o menos bien. El asunto se agrava porque al dia de la fecha no me han pagado el sueldo y fue cuando decidi concurrir a este abogado. Lo que este resolvió fue: Ejecutar el despido indirecto ( Lo cual yo no estoy seguro si se puede hacer por estar por ART y siendo el caso afirmativo ¿que sucede con mi lesion? ), enviar una carta documento a mi empresa pidiendo por que me paguen el sueldo mas la indemnizacion correspondiente por el despido, a la empresa de gas pedirle el resarcimiento por los meses trabajados vendiendole las garrafas y a ambas empresas una indemnizacion por la lesion de mi espalda.
Yo no estoy muy convencido de que eso es lo correcto, pero en realidad no se de que otra manera podria ser. Si alguien me da una mano les agradeceria mucho.
Un saludo
En fin: Resulta que soy vigilador, entre a trabajar el 16 de noviembre y estoy en blanco, mi objetivo está para otra empresa que vende gas envasado. Cuando me contratan me explican que aparte de hacer de seguridad voy a tener que hacer de portero y vender su producto tal como si fuera un empleado de comercio pero en negro por un pago simbolico de 150 pesos quedando constancia de ello en el libro de actas que labro. Por lo tanto me toca hacer trabajos de fuerza tales como mover garrafas. El asunto es que me lesioné, ya que no contaba con los elementos de proteccion y me dio una lumbalgia. Esto me dejó en manos de la ART que me asegura a traves de la empresa de vigilancia. Las primeras molestias fueron declaradas al 25 de enero de este año cuando formalize la denuncia a la ART, concurrí al medico el 8 de febrero y formalizé la denuncia en la ART el domingo 10 del mismo mes. Hasta acá las cosas van mas o menos bien. El asunto se agrava porque al dia de la fecha no me han pagado el sueldo y fue cuando decidi concurrir a este abogado. Lo que este resolvió fue: Ejecutar el despido indirecto ( Lo cual yo no estoy seguro si se puede hacer por estar por ART y siendo el caso afirmativo ¿que sucede con mi lesion? ), enviar una carta documento a mi empresa pidiendo por que me paguen el sueldo mas la indemnizacion correspondiente por el despido, a la empresa de gas pedirle el resarcimiento por los meses trabajados vendiendole las garrafas y a ambas empresas una indemnizacion por la lesion de mi espalda.
Yo no estoy muy convencido de que eso es lo correcto, pero en realidad no se de que otra manera podria ser. Si alguien me da una mano les agradeceria mucho.
Un saludo