Les cuento; Mi cliente haces seis años que trabaja como empleado de construccion para una empresa y fue despedido. Durante los primeros cuatro anos se rigio bajo la ley de empleados de la construccion, motivo por el cual finalizado el cuarto ano le liquidaron el fondo de desempleo. Pero el continuo trabajando, realizando las mismas tareas en relacion de dependencia. Ahora lo despidieron y solo le pagaron por dos años de antiguedad. esto esta bien ??? no le corresponde que le reconozcan los seis años???
Yo sé que los empleados de la construccion se rigen por una ley especial y no tienen derecho a la indemnizacion por despido, pero este caso no especial ? el hecho de continuar trabajando luego de la liquidacion dek fondo de cese laboral no le da drecho a reclamar por toda su antuguedad ?
que opinan ¡¡????
muchas gracias
Yo sé que los empleados de la construccion se rigen por una ley especial y no tienen derecho a la indemnizacion por despido, pero este caso no especial ? el hecho de continuar trabajando luego de la liquidacion dek fondo de cese laboral no le da drecho a reclamar por toda su antuguedad ?
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muchas gracias