Hola foristas me vino a ver un cliente que paso por la comision medica asesorado x otro colega apelo el primer dictamen y confirmaron el segundo con 0% incapacidad este hombre tiene 33 años su trabajo es de levantar peso metalurgico, y a pocos dias de prescibir este dictamen. En realidad mi consulta es porque yo nunca fui por comisiones medicas, asi que no se si intimar a federacion patronal que es la art o si alguien me puede sujerir algo es en provincia la empresa y el domicilio del cliente muchs gracias.-
Hola, buenas noches. Mirá yo me dedico más a civil, recién ahora me estoy poniendo al tanto de laboral. Lo que yo interpreto de la nueva ley ( 26773), es que si no aceptaste una indemnización basada en la ley de ART, podés iniciar la acción civil por accidente de trabajo, que tramitaría con la nueva ley, en un juzgado ciil y comercial.
Aunque tengas que probar el daño y todo lo que se reclama en un juicio por daños y perjuicios, si ganás el juicio vas a ganar mucho más que si te hubieran dado una indemnización por el sistema de la ley de ART, ya que podés reclamar daño moral, lucro cesante, daño emergente, etc, rubros que la ley de ART no te concede.
Saludos para vos.