Buenas tardes colegas! Necesito ayuda con un temita que tengo pendiente.
En fecha 17/5/2011 el tribunal colegiado de flia de rosario dicto sentencia decretando el div. vincular de las partes y en la misma se me regularon honorarios. Luego de esto, hicimos la notificacion personal de la sentencia y firmaron los ex conyuges, el otro abogado y yo.
La cuestion es que al dia de la fecha aun no he cobrado este trabajo a pesar de todas las intimaciones que le efectue a mi cliente.
Ahora si voy a empezar la ejecucion de los mismos pero no tengo idea de como hacerla! Lei y lei pero solamente tengo mas dudas que antes :s
El art. 260 del CPCC de SFe dice que se pueden pretender cobrar con el tramite del 507 (Apremio) o hacerlo dentro del juicio o como incidente.
Alguien me podría dar una guia de los pasos a seguir????? Desde ya les agradezco cualquier ayudita!
En fecha 17/5/2011 el tribunal colegiado de flia de rosario dicto sentencia decretando el div. vincular de las partes y en la misma se me regularon honorarios. Luego de esto, hicimos la notificacion personal de la sentencia y firmaron los ex conyuges, el otro abogado y yo.
La cuestion es que al dia de la fecha aun no he cobrado este trabajo a pesar de todas las intimaciones que le efectue a mi cliente.
Ahora si voy a empezar la ejecucion de los mismos pero no tengo idea de como hacerla! Lei y lei pero solamente tengo mas dudas que antes :s
El art. 260 del CPCC de SFe dice que se pueden pretender cobrar con el tramite del 507 (Apremio) o hacerlo dentro del juicio o como incidente.
Alguien me podría dar una guia de los pasos a seguir????? Desde ya les agradezco cualquier ayudita!