Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Sucesion. honorarios 10% valor de venta?

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #940303  por dochele
 
Hola, yo escribi en otro post con relacion a cuanto cobrar por honorarios en una sucesion. De una propiedadde de 36000 dolares, esta bien cobrar 3600 dolares de honorarios?
 #940578  por mavadu
 
Hola vos podes cobrar hasta el 20% del valor real de venta, pero siempre que se firme pacto de cuota litis, así luego no tenes problema alguno.-Saludos.-
 #941185  por Summers
 
En mi caso cobro el 10% del valor real de venta, hay que ver si despues tienen intenciones de vender el inmueble, sino se complica que de su bolsillo te den esa suma, y en el caso de que decidan vender haceles firmar ya convenio sino de palabra esta todo barbaro, pero a la hora de sacar el dinero y pagarte tranquilamente pueden decirte no te pago nada y ahi vienen los problemas.
 #943869  por Doctomasito
 
ceene escribió:Hola, del 7 al 12%
Summers escribió:En mi caso cobro el 10% del valor real de venta
Perdón que me meta,pero estas cosas me pueden ....me parece que aconsejar de esta forma, así, en términos absolutos, sin relativizarlos con alguna de las montones de alternativas posibles, puede confundir a quien está solicitando el consejo, y, por lo tanto, puede perder el trabajo por no tener el panorama claro : Yo les pregunto : ustedes cobran lo mismo porcentaje, por más que el acervo esté integrado por un sólo coche de $ 20.000, un inmueble de U$S de 36.000 ( el caso que plantea el colega ) o un montón de bienes que U$S 1.000.000 ( que no es una cifra taaaan infrecuente, con los valores de las propiedades hoy ) ????' Por favor , bajen un poquito a tierra, muchachos !!! :lol: Dochele : si tus clientes heredan una CASITA ( ese precio, al menos, en Capital y conurbano, es de una CASITA ) el 10 % de honorarios por la sucesión, avisame, así me mandás la fórmula :mrgreen: :mrgreen: . Un abrazo. Y espero el contraataque.
 #943900  por Summers
 
Doctomasito escribió:
ceene escribió:Hola, del 7 al 12%
Summers escribió:En mi caso cobro el 10% del valor real de venta
Perdón que me meta,pero estas cosas me pueden ....me parece que aconsejar de esta forma, así, en términos absolutos, sin relativizarlos con alguna de las montones de alternativas posibles, puede confundir a quien está solicitando el consejo, y, por lo tanto, puede perder el trabajo por no tener el panorama claro : Yo les pregunto : ustedes cobran lo mismo porcentaje, por más que el acervo esté integrado por un sólo coche de $ 20.000, un inmueble de U$S de 36.000 ( el caso que plantea el colega ) o un montón de bienes que U$S 1.000.000 ( que no es una cifra taaaan infrecuente, con los valores de las propiedades hoy ) ????' Por favor , bajen un poquito a tierra, muchachos !!! :lol: Dochele : si tus clientes heredan una CASITA ( ese precio, al menos, en Capital y conurbano, es de una CASITA ) el 10 % de honorarios por la sucesión, avisame, así me mandás la fórmula :mrgreen: :mrgreen: . Un abrazo. Y espero el contraataque.
A ver, si una persona tiene 50 propiedades, yo que culpa tengo? entonces que no haga nada y listo, entonces claro le tengo que hacer un "combo big mc" porque tiene muchas propiedades? eso es lo que me saca a mi: los colegas que regalan el trabajo o con tal de no perder un cliente cobran sumas irrisorias muy por debajo de la escala que fija la ley, si esta fija un monto, es ese y listo, nadie puede decirme nada cuando se cobra dentro del parametro que marca la ley. No existe ninguna confusion, vos baja a tierra, no se regala el trabajo.

Ni hablar que los clientes siempre mienten en una sucesion queriendo puentear los honorarios nuestros, no declarando propiedades o diciendo que "tienen una casita asi nomas que no vale nada" y despues al tasarla resulta ser tremenda valuacion.

Ponganse las pilas ustedes y no trabajen por el pancho y la coca. :mrgreen:
 #944248  por Doctomasito
 
Hola, estimada/o Summers. Antes de seguir con el debate, me gustaría que me respondas lo que te pregunté. Te reformulo la cuestión : Dos sucesiones : en una el acervo está integrado por un Renault 12 modelo 80. En la otra hay 10 bienes inmuebles. En ambos casos vos decís : " Yo cobro el 10 % del valor de lo que se transmite ( y si no te gusta, buscate a otro ) " ???. Sabés qué me parece ? ( y es una presunción iuris tantum, eh ! ) que nunca tuviste que enfrentarte al dilema de tener que presupuestar u sucesorio más o menos suculento,en el que, utilizando legítimamente las reglas del mercado y tratar de retener al cliente, bajás un poco las pretenciones, según lo que vos consideres conveniente, y que te va alcanzar para varios miles de PANCHOS y COCAS :lol: . Si me equivoco, me gustaría que me cuentes cómo fue la experiencia, cómo negociaste, etc. Y ahí, sí...CHAPEAU ! Te voy a felicitar, voy a aceptar consejos tuyos, y se acabó la discusión. Si lo tuyo sólo proviene de la teoría, voy a ser yo el que pueda aconsejarte sobre cómo está la calle, sobre la cantidad de colegas ( muchos, pero muchos, eh !) que van a cobrar menos de lo que cobrás vos, etc. Porque abogados, por si no lo sabías, SOBRAN, de todo tipo y color.
Por último : Yo sólo trabajo en la C.A.B.A. Como vos decís...
Summers escribió: la escala que fija la ley, si esta fija un monto, es ese y listo, nadie puede decirme nada cuando se cobra dentro del parametro que marca la ley. No existe ninguna confusion
.Explicame qué dice el art.24 de la ley 21.839, por favor. Te mando un cordial saludo.
 #944254  por Doctomasito
 
Perdón, me olvidaba de esta PERLITA :
Summers escribió: yo que culpa tengo? entonces que no haga nada y listo,
:shock: :shock: :shock: eeehhhhh !!!?? Claro, el tipo se espanta con tus honorarios, y ahí se queda, lamentando NO PODER hacer la sucesión....porque, como todos sabemos, en la Argentina ( especialmente en Capital y G.B.A ) es muy difícil conseguir otro abogado !!!!.. :mrgreen: :lol: :lol: . Saludos.
 #965880  por javier46
 
Buscando algunas respuestas encontré este post, de hace unos meses....
Por qué puede ser tan diferente, tratándose de honorarios, establecer un porcentaje de 20 (20%) en un juicio civil por cobro de pesos, por ej.: $10.000.000, y establecer el porcentaje que uno estipula correcto en sucesiones y mantenerlo aún si el cliente tiene 100 propiedades, por qué no? es la oportunidad que tenemos con nuestro trabajo y que todos esperamos conseguir.
Creo que en todo trabajo hay que tener presente un mínimo fijado como honorario y a partir de allí aplicar el porcentaje que uno tiene estipulado.
Por supuesto que si hay una sucesión con bienes valuados en $10.000.000 y uno acostumbra cobrar 5%, le dirá que tiene una atención y bajará un poco el porcentaje... pero no va a desaprovechar la oportunidad de cobrarle un porcentaje cercano a ese 5%.
Hagamos valer nuestra profesión, no somos prestadores de un servicio estatal o gratuito, y nuestros honorarios conllevan los años invertidos para obtener el título y matriculación correspondiente, a lo que se suma tratar de llevar una calidad de vida que la misma sociedad te exige... después las mismas personas que te conocen te pueden criticar... a mirá ese es abogado y mirá como anda... en qué auto anda.... cómo se viste.... etc. etc.
La personas siempre van a tratar de no pagar o pagar lo menos posible por un servicio y si lo pueden hacer ellos mismos ni hablar... entonces no son muchas las veces en los que una persona necesite en su vida los servicios de un abogado y no son muchos los campos en los nos necesitan si o si, entonces... no avergonzarse de cobrar un porcentaje en sucesiones por los valores reales del acervo.