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  • CUANTO COBRAR POR UN CONTESTE...???

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #940641  por lucina
 
Hola a todos, les comento que usualmente uno sabe cómo, cuánto y cuando cobrar un laboral por parte trabajadora, pero las dudas surgen cuando nos toca representar a la patronal y este es el caso...
Usualmente contesto demandas laborales por parte demandada pero para una empresa que tengo como abonada, por lo que todo está incluido dentro del "abono mensual"... Sin embargo en esta oportunidad tengo que contestar demanda por parte empleadora por un despido, de una relación laboral en negro, donde la suma reclamada es bastante elevada (excede los $500.000) y donde entre otra cuestiones debo interponer una excepción de incompetencia territorial...
La pregunta es cómo, cuánto y cuando debo cobrar por este trabajo? obviamente luego tendré que seguir el expediente y concurrir a las audiencias...
Yo había pensado en una suma (que no tengo definida) por el conteste de demana y luego la regulación de honorarios...
Qué opinan?! debo contestar mañana...
:?:
 #940648  por pepecurdele
 
depende de la cara del cliente y de la guita que tiene.
 #940649  por lucina
 
Si es cierto, no lo quiero matar pero tampoco quiero que sea gratis (como ya pasó otras veces con el mismo cliente)... $3500 te parece bien por contestar?
 #940651  por pepecurdele
 
lucina escribió:Si es cierto, no lo quiero matar pero tampoco quiero que sea gratis (como ya pasó otras veces con el mismo cliente)... $3500 te parece bien por contestar?
poco, poco...... no menos de 5 luquitas y por los antecedentes al contado. Calcula en cuanto se puede transar y de alli hace las cuentas..
 #940653  por lucina
 
Muchas gracias por tu respuesta pepecurdele! luego de que hable con el te cuento... saludos y buenas noches!
 #940714  por MARCOSABOGADO
 
Conozco colegas que cobran el 10% del monto que se reclama, como obviamente esta demanda debe estar inflada en un 50%, seria el 10% de 250000, porque no debe ser contestar demanda solamente, me imagino que seguirás el juicio.
Saludos!
 #940726  por ods
 
No menos del 5% antes de dejar la contestación de demanda en el juzgado y despues un porcentaje del ahorro
 #941080  por DotorJuan
 
Yo creo que cobrar un % del monto reclamado es relativo, mas que nada sirve para negociar con el cliente. Yo en tu lugar, le comento que se estila cobrar el 5 del monto reclamado ($25.000) pero que por 5mil y un abono mensual (dependera de la empresa) le haces el trabajo y le seguis el juicio, y es una forma de ganarte un nuevo cliente (la clave esta en obtener un buen abono, claro).
 #941263  por lucina
 
DotorJuan escribió:Yo creo que cobrar un % del monto reclamado es relativo, mas que nada sirve para negociar con el cliente. Yo en tu lugar, le comento que se estila cobrar el 5 del monto reclamado ($25.000) pero que por 5mil y un abono mensual (dependera de la empresa) le haces el trabajo y le seguis el juicio, y es una forma de ganarte un nuevo cliente (la clave esta en obtener un buen abono, claro).
DoctorJuan y resto de los colegas, gracias por las respuestas me fueron de mucha utilidad. Les comento que lo que hice fue lo que plantea DoctorJuan ya que si bien es mucho trabajo no estoy de acuerdo la postura de cobrar un porcentaje del reclamo... a lo que me refiero el trabajo que debo hacer es el mismo si la demanda fuera de 50000 pesos y no de 500000... y por el trámite del proceso otro monto periódico.... PERO NO DEJO DE PENSAR QUE HACER LABORALES POR PARTE DEMANDADA ES UN GARRÓN EN CUANTO AL COBRO SI EL CLIENTE NO ES UN ABONADO :lol: !!
 #941827  por jaleca
 
Si, el trabajo es el mismo, pero la responsabilidad es exponencialmente mas grande de acuerdo al monto reclamado.
 #941960  por DotorJuan
 
jaleca escribió:Si, el trabajo es el mismo, pero la responsabilidad es exponencialmente mas grande de acuerdo al monto reclamado.
Yo creo que tambien es relativo. Ir por la parte demandada implica que solo te podes mandar una sola gran metida de pata: no contestar demanda. Hoy dificilmente tengas una demanda por debajo de los 100 mil, el resto del proceso es controlar la prueba y no mucho mas, porque siendo demandado no tenes demasiado margen de actuación profesional, mas que chicanear y dilatar, salvo grosos yerros en la demanda que te sirvan para poder plantear alguna que otra cosa.

Pero en sintesis, creo que siendo relativamente prudente (convengamos que si contestas demanda extemporaneamente mas bajo no podes caer, jaja) y sabiendo que la mayoria de las veces no podes hacer mucho, la responsabilidad no varia demasiado en funcion del monto reclamado, el cual te suele ser util a vos para cobrar.