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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #941174  por Galatea
 
Hola a todos. Queria hacer la siguiente consulta: tengo un trabajador que vive en Luis Guillon (jurisdiccion de los Tribu Lomas ) pero trabaja en Florencio Varela y fué allí donde sufrio un accidente de trabajo. Si bien pedí un SECLO, yo tenia pensado iniciarlo en Lomas por aplicación del Art. 3º Inc. a) (Cuando la demanda sea iniciada por el trabajador por entablarse indistintamente) de la ley 11.653.

No deberian caber dudas al respecto, pero por si acaso una consulta con otros colegas nunca está de más.

Agradezco sus opiniones.
Muchas gracias y buen fin de semana *leo*
 #941216  por agentil
 
No se puede. Tenes que iniciarlo o en Florencio Varela o en capital si la empresa tiene domicilio allí.

saludos!!
 #941628  por Galatea
 
HOla, gracias por responder.
Porque motivo no se puede?El Art. 3º de la Ley 11.653 en su Inc, a) dice que cuando la demanda sea iniciada por el trabajador puede entablarse indistintamente a) Ante el Tribunal del lugar del domicilio del demandado; el b) dice que se puede iniciar ante el Tribunal del lugar de prestación del trabajo; y el c) dice: ante el Tribunal del lugar de celebración del contrato de trabajo.

Yo pensaba invocar el Art. 3º Inc. a) para iniciarlo en Lomas.

Te paso en algùn caso??
Saludos
 #941666  por agentil
 
Galatea escribió:HOla, gracias por responder.
Porque motivo no se puede?El Art. 3º de la Ley 11.653 en su Inc, a) dice que cuando la demanda sea iniciada por el trabajador puede entablarse indistintamente a) Ante el Tribunal del lugar del domicilio del demandado; el b) dice que se puede iniciar ante el Tribunal del lugar de prestación del trabajo; y el c) dice: ante el Tribunal del lugar de celebración del contrato de trabajo.

Yo pensaba invocar el Art. 3º Inc. a) para iniciarlo en Lomas.

Te paso en algùn caso??
Saludos
Pero si decís que el demandado es de Florencio Varela, que tiene que ver el inciso a)
 #941979  por Galatea
 
ups....tenes razòn :lol: :lol: :lol:
 #943069  por Galatea
 
Si lo se muchas gracias.

Por el apuro y la ansiedad no lei detenidamente los tres incisos y la verdad es que luego de tu pregunta me di cuenta la barbaridad que estaba preguntando y no pude hacer otra cosa que morirme de risa. :lol: :lol: :lol:

Finalmente decidi iniciarlo en Capital porque según tengo entendido los peritos en Quilmes te mandan a realizar los estudios a hospitales publcios y eso es "nunca".

Gracias y buen fin de semana *suerte*
 #943107  por pepecurdele
 
y te crees que en capital no es asi, es asi nunca, pero nunca, nunca, nunca. Te haces viejo esperando años los estudios en los hospitales de la ciudad.
 #943110  por pepecurdele
 
la clave es hacer los estudios en forma particular, sino fuiste.
 #943173  por Galatea
 
Hola como te va???

Si, mira aca en Lomas de Zamora por lo menos siempre manifiesto al inicio en un parrafo aparte donde digo que se autorice a realizar los estuduios por intermedio de su obra social, A.R.T ó bien en forma particular, debido al atraso que hay en las instituciones publicas, lo cual tornaria ilusorio el derecho a una reparación integral de mi representado. Hasta ahora siempre me ha procedido.

Vos decis que lo presente en Quilmes manifestando esto?????

OTRA CONSULTA: te cuento que n capi (fuero donde soy totalmente nueva) me salio un primer proveido donde dice que libre el oficio a la CNAT, quedando la confección y lo demás a mi cargo. El tema es que no tengo ni la menor idea de que e slo que tengo que poner en el OFICIO A LA CAMARA. Vos me podras orientar?

Disculpa tantas preguntas Desde ya,muchas gracias
Saludos y buen fin de semana
 #943177  por MORGAN
 
Galatea escribió:Hola a todos. Queria hacer la siguiente consulta: tengo un trabajador que vive en Luis Guillon (jurisdiccion de los Tribu Lomas ) pero trabaja en Florencio Varela y fué allí donde sufrio un accidente de trabajo. Si bien pedí un SECLO, yo tenia pensado iniciarlo en Lomas por aplicación del Art. 3º Inc. a) (Cuando la demanda sea iniciada por el trabajador por entablarse indistintamente) de la ley 11.653.
Podés iniciar el reclamo en lomas por el inc. d de ese art. que mencionás (lugar de celebración del contrato).
cuando me conviene la competencia territorial de la zona donde litigo inicio el reclamo y no digo nada de la competencia. en el primer despacho te piden que aclares la competencia por el territorio, ahí contesto que el contrato se celebró en tal localidad y punto. ordenado el traslado hago la cédula y adjunto la demanda y documental. el escrito de aclaración de competencia queda ignorado. no se acompaña. generalmente si la empresa es de la zona el abogado de esta contesta y no objeta la competencia. no hay problema. otra manera es que si hubo contacto con el abogado del requerido se le avisa mire dr. que le voy a iniciar el juicio en tal localidad le pido no me cuestione la competencia y asunto solucionado.
 #943178  por MORGAN
 
inc. "c"
 #943201  por Galatea
 
Hola Morgan gracias por tu respuesta. Sucede que el contrato se celebro en Florencio Varela, y el servicio se prestaba allí. Por eso la burrada que pregunte.

Aprovecho para consultarte si tenes un modelo de OFICIO A LA CNAT pues me presente en un expediente y el juzgado me ordena que ocnfeccione eloficio a la camara; la verdad es que no tengo la menor idea porque no hago capital.

Vos me podrias pasar un modelo si no te parece inconveniente lo que te estoy pidiendo.

Muchas gracias por tu respuesta.
Saludos y buen find e semana *suerte*