Hola a todos. Queria hacer la siguiente consulta: tengo un trabajador que vive en Luis Guillon (jurisdiccion de los Tribu Lomas ) pero trabaja en Florencio Varela y fué allí donde sufrio un accidente de trabajo. Si bien pedí un SECLO, yo tenia pensado iniciarlo en Lomas por aplicación del Art. 3º Inc. a) (Cuando la demanda sea iniciada por el trabajador por entablarse indistintamente) de la ley 11.653.
No deberian caber dudas al respecto, pero por si acaso una consulta con otros colegas nunca está de más.
Agradezco sus opiniones.
Muchas gracias y buen fin de semana
No deberian caber dudas al respecto, pero por si acaso una consulta con otros colegas nunca está de más.
Agradezco sus opiniones.
Muchas gracias y buen fin de semana

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