Qué tal, colegas. Seré breve.
Una clienta, empleada doméstica, sufre un accidente en el ejercicio de sus tareas, es decir, dentro de la casa de sus empleadores. El régimen del servicio doméstico, no contempla los accidentes "de trabajo" y el régimen previsto por la LCT, excluye a los empleados domésticos (al igual que los rurales, etc). Alguien intentó una acción de daños y perjuicios en la Justicia Nacional en lo Civil? Cómo les fue en las mediaciones? O bien, que vía distinta a esta han tomado? Muy agradecido!!!
Una clienta, empleada doméstica, sufre un accidente en el ejercicio de sus tareas, es decir, dentro de la casa de sus empleadores. El régimen del servicio doméstico, no contempla los accidentes "de trabajo" y el régimen previsto por la LCT, excluye a los empleados domésticos (al igual que los rurales, etc). Alguien intentó una acción de daños y perjuicios en la Justicia Nacional en lo Civil? Cómo les fue en las mediaciones? O bien, que vía distinta a esta han tomado? Muy agradecido!!!
Me encanta cuando un plan se concreta...