Estimados colegas,
Me surgió una consulta respecto a las cuotas sindicales. Tuve que mudarme al sur del país, y estoy tomando todos los casos que pueda (siempre que brinde un servicio profesional). De un sindicato (asociación sindical) respecto a unas deudas que tienen y quieren cobrar. Resulta que hay empresas que no le aportan la cuota sindical a los trabajadores y, aun haciendo convenios de pago en cuotas, los comerciantes se le rien en la cara. Mi consulta es la siguiente, a aquellos avezados en derecho sindical: tengo Actas de Inspección en donde surge la falta de depósito de la cuota sindical en el sindicato. Así, se hace un arreglo que luego de pagar pocas cuotas luego no cumplen, o directamente no lo cumplen. Ahora bien, y en lo que respectaría a la consulta qu eme hicieron, es: el Acta de Inspección constituye un certificado de deuda de ejecución, esto es, es título ejecutivo para iniciar un juicio ejecutivo en el fuero Civil y Comercial? La prescripción para interponer la acción es el plazo de 5 años del 4027 del CC inc 3º? La causa en el juicio ejecutivo es directamente el acta de inspección o hay que hacer algo más?
Si alguien puede sacarme estas dudas, le estaré eternamente agradecido.
Muy amables al leer mi mensaje.
Hernán
Me surgió una consulta respecto a las cuotas sindicales. Tuve que mudarme al sur del país, y estoy tomando todos los casos que pueda (siempre que brinde un servicio profesional). De un sindicato (asociación sindical) respecto a unas deudas que tienen y quieren cobrar. Resulta que hay empresas que no le aportan la cuota sindical a los trabajadores y, aun haciendo convenios de pago en cuotas, los comerciantes se le rien en la cara. Mi consulta es la siguiente, a aquellos avezados en derecho sindical: tengo Actas de Inspección en donde surge la falta de depósito de la cuota sindical en el sindicato. Así, se hace un arreglo que luego de pagar pocas cuotas luego no cumplen, o directamente no lo cumplen. Ahora bien, y en lo que respectaría a la consulta qu eme hicieron, es: el Acta de Inspección constituye un certificado de deuda de ejecución, esto es, es título ejecutivo para iniciar un juicio ejecutivo en el fuero Civil y Comercial? La prescripción para interponer la acción es el plazo de 5 años del 4027 del CC inc 3º? La causa en el juicio ejecutivo es directamente el acta de inspección o hay que hacer algo más?
Si alguien puede sacarme estas dudas, le estaré eternamente agradecido.
Muy amables al leer mi mensaje.
Hernán